Resolución 0667, por medio de la cual se reasigna la competencia para decidir solicitudes de prestaciones económicas en el Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definid - 21 de Abril de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43206504

Resolución 0667, por medio de la cual se reasigna la competencia para decidir solicitudes de prestaciones económicas en el Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definid

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto de Seguros Sociales
Número de Boletín45526

El Presidente del Instituto de Seguros Sociales, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 11 del Decreto 2148 de 1992 y el artículo 3º del Acuerdo 013 del 6 de julio de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 4113 del 7 de septiembre de 1995 esta Presidencia reasignó en la Gerencia Nacional de Atención al Pensionado, la competencia para decidir en primera instancia las solicitudes prestacionales del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida presentadas en los departamentos de Bolívar, Córdoba, San Andrés y Sucre, correspondiéndole la segunda instancia a la Vicepresidencia de Pensiones;

Que mediante Resolución número 2986 del 15 de octubre de 1997 esta Presidencia reasignó en la Coordinación Nacional de Atención al Pensionado, la competencia para decidir en primera instancia las solicitudes prestacionales del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida presentadas en los departamentos de Bolívar, Córdoba, San Andrés y Sucre, correspondiéndole la segunda instancia a la Gerencia Nacional de Atención al Pensionado;

Que mediante Resolución número 3646 del 15 de diciembre de 1997 esta Presidencia reasignó en la Jefatura del Departamento de Atención al Pensionado de la Seccional Bolívar, la competencia para decidir en primera instancia las solicitudes prestacionales del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida presentadas en los departamentos de Bolívar, Córdoba y Sucre, correspondiéndole la segunda instancia a la Gerencia de Pensiones de la Seccional Bolívar o quien hiciera sus veces;

Que mediante Resolución número 2581 del 14 de junio de 2001 esta Presidencia reasignó en la Jefatura del Departamento de Atención al Pensionado de la Seccional Bolívar, la competencia para decidir en primera instancia las solicitudes prestacionales del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida presentadas en el departamento de San Andrés, correspondiéndole la segunda instancia a la Gerencia de Pensiones de la Seccional Bolívar o quien hiciera sus veces;

Que mediante Resolución número 0158 del 27 de enero de 2003, esta Presidencia modificó las Resoluciones número 3646 del 15 de diciembre de 1997 y 2581 del 14 de junio de 2001 en el sentido de reasignar la competencia para decidir...

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