Resolución 0759, por la cual se modifica parcialmente la resolución 781 del 11 de octubre de 1999, mediante la cual se otorga un permiso de emisiones atmófericas y un permiso de vertimiento - 9 de Febrero de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43189206

Resolución 0759, por la cual se modifica parcialmente la resolución 781 del 11 de octubre de 1999, mediante la cual se otorga un permiso de emisiones atmófericas y un permiso de vertimiento

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín45092

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, ¿Corpoboyacá¿, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 99 de 1993, y

CONSIDERANDO:

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RESUELVE:

Artículo 1º Modificar parcialmente la Resolución número 781 de 1999 en su artículo 4º, el cual quedará así:

¿Artículo 4º. El titular del permiso ambiental y ejecutores del proyecto deberán tener en cuenta lo siguiente:

¿Presentar anualmente un diagrama de flujo de los diferentes circuitos internos de uso de agua, con su respectivo análisis de eficiencia de remoción de contaminantes, que garantice cumplir con la normatividad.

¿Los circuitos deberán presentar los siguientes colores:

¿Azul Agua de consumo doméstico

¿Amarillo Agua de uso industrial

¿Café Agua residual doméstica

¿Rojo Agua residual industrial

¿Verde Aguas lluvias

¿Realizar y presentar ante Corpoboyacá anualmente un sistema de monitoreo de la totalidad de los vertimientos de la empresa.

¿Los parámetros a evaluar son los conocidos en la legislación ambiental, Decreto 1594 de 1984, como los contaminantes de interés sanitario.

¿Realizar reportes semestrales sobre los sistemas de recirculación de las aguas de planta. ¿Ejercer control sobre los posibles derrames de grasa y aceites presentes en la planta y/o patios de estacionamiento de los vehículos en la planta.

¿Realizar anualmente una evaluación de niveles equivalentes de ruido en por lo menos 20 puntos en el área de influencia ambiental de la planta, muestras que se deben tomar como mínimo cada 60 minutos y en un período normal de trabajo de 24 horas¿.

Artículo 2º Corpoboyacá podrá supervisar y verificar en cualquier momento el cumplimiento de lo dispuesto en esta providencia.
Artículo 3º Publicar la presente providencia a costa de los interesados conforme lo dispone el artículo 71 de la Ley 99 de 1993.
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