Resolución 1032, por la cual se fija la cuantía para liquidación de haberes, primas y viáticos para comisiones al exterior.
Emisor | Ministerio de Defensa Nacional |
Número de Boletín | 45976 |
El Ministro de Defensa Nacional, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 116 del Decreto-ley 1211 de 1990 y los artículos 18, 19, 21 y 24 del Decreto 923 de 2005,
RESUELVE:
Para los efectos previstos en el artículo 15 del Decreto 923 de 2005; en los artículos 74 y 86 del Decreto-ley 1211 de 1990; artículos 83 y 84 del Decreto-ley 1790 de 2000; artículos 67 y 79 del Decreto-ley 1212 de 1990; artículos 29 y 37 del Decreto-ley 1213 de 1990; artículos 3º y 9º del Decreto 1091 de 1995; artículos 41 y 42 del Decreto-ley 1791 de 2000, fijar como haberes para el personal de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional que sea destinado en comisión permanente al exterior, en dólares estadounidenses y a razón de un dólar por cada peso, los valores mensuales del sueldo básico, de la prima de estado mayor y de la prima de alojamiento que para cada caso se indica a continuación:
HABERES MENSUALES
Prima de alojamiento Total mensual
Casados, viudos Solteros, casados, Casados, viudos Solteros, casados, y personal con viudos y personal con y personal con viudos y personal con Prima unión marital unión marital unión marital unión marital Grados Básico de Estado permanente con permanente con o sin permanente con permanente con o sin Mayor hijos a cargo que hijos a cargo que hijos a cargo que hijos a cargo que lleven la familia no lleven la familia lleven la familia no lleven la familia
Oficiales
GR-AL 2.900 580 6.520 4.320 10.000 7.800
MG-VA 2.650 530 5.820 3.720 9.000 6.900
BG-CA 2.520 504 5.376 3.476 8.400 6.500
CR-CN 2.260 452 5.188 3.288 7.900 6.000
TC-CF 2.160 432 3.408 2.008 6.000 4.600
MY-CC 1.980 396 2.624 1.524 5.000 3.900
CT-TN 1.920 2.380 1.380 4.300 3.300
TE-TF 1.800 2.000 1.100 3.800 2.900
ST-TK 1.650 1.950 1.050 3.600 2.700
Suboficiales
SM-JT-TJ 1.640 2.260 1.360 3.900 3.000
SP-SJ-TS 1.400 2.200 1.300 3.600 2.700
SV-S1-T1 1.210 1.890 1.190 3.100 2.400
SS-S1-T2 1.120 1.880 1.180 3.000 2.300
CP-S3-T3 1.080 1.820 1.120 2.900 2.200
CS-MA-T4 1.070 1.730 1.030 2.800 2.100
C3-MA2-AT 1.060 1.700 1.02 0 2.750 2.080
Agentes 1.020 1.680 980 2.700 2.000
Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional
Comisario 1.640 2.260 1.360 3.900 3.000
Subcomisario 1.400 2.200 1.300 3.600 2.700
Intendente Jefe 1.310 2.000 1.200 3.310 2.510
Intendente 1.210 1.890 1.190 3.100 2.400
Subintendente 1.120 1.880 1.180 3.000 2.300
Patrullero, Carabinero o Investigador 1.070 1.730 1.030 2.800 2.100
Parágrafo. De conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Decreto 923 de 2005, fijar una partida diaria de treinta dólares ($30) estadounidenses, teniendo en cuenta el costo de vida, para los Oficiales, Suboficiales de las Fuerzas Militares y Policía Nacional, agentes, miembros del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional y empleados públicos de las Fuerzas Militares, Ministerio de Defensa Nacional y personal no uniformado de la Policía Nacional, destinados en comisiones permanentes en Alemania, Francia, Reino Unido, Israel y Corea.
Artículo 2º. De conformidad con lo establecido en los artículos 20 del Decreto 923 de 2005 y 36 del Decreto-ley 1214 de 1990, los empleados públicos del Ministerio de Defensa, Comando General, Comandos de Fuerza y personal no uniformado Policía Nacional que sean destinados en comisión permanente al exterior o en comisión transitoria de estudios o de tratamiento médico, tendrán derecho a percibir en dólares estadounidenses a razón de un dólar por cada peso, las cuantías mensuales que se indican a continuación:
Grados Personal Civil Total haberes mensuales
Secretario General del Ministerio 0035-23 3.785
Viceministro 0020 3.785
Obispo Castrense 3.778
Vicario General 3.775
Asesor 1020-14 3.775
Asesor 1020-12 3.775
Grados Personal Civil Total haberes mensuales
Asesor 1020-07 3.775
Asesor 1020-06 3.775
Asesor 1020-05 3.774
Director Técnico 0100-20 3.778
Director Técnico 0100-16 3.775
Director Técnico 0100-14 3.775
Jefe Oficina Asesora 1045-08 3.775
Jefe Oficina Asesora 1045-10 3.775
Jefe Oficina 0137-13 3.775
Jefe Oficina 0137-14 3.775
Jefe de División 2040-15 3.775
Director de Centro 2105-14 3.775
Secretario Privado 3035-18 3.768
Profesional Especializado 3010-21 3.769
Profesional Especializado 3010-18 3.768
Profesional Especializado 3010-17 3.767
Profesional Especializado 3010-16 3.766
Profesional Especializado 3010-15 3.764
Profesional Universitario 3020-14 3.763
Profesional Universitario 3020-12 3.760
Profesional Universitario 3020-11 3.755
Profesional Universitario 3020-10 3.750
Profesional Universitario 3020-08 3.740
Profesional Universitario 3020-07 3.735
Profesional Universitario 3020-06 3.730
Profesional Universitario 3020-05 3.700
Profesional Universitario 3020-04 3.680
Analista Sistemas 4005-17 3.730
Analista Sistemas 4005-15 3.720
Analista Sistemas 4005-13 3.710
Programador Sistemas 4060-11 3.670
Programador Sistemas 4060-09 3.650
Técnico Administrativo 4065-12 3.670
Técnico Administrativo 4065-11 3.670
Técnico Administrativo 4065-10 3.655
Técnico Administrativo 4065-09 3.650
Técnico Administrativo 4065-08 3.625
Técnico Administrativo 4065-07 3.620
Técnico Administrativo 4065-06 3.619
Técnico Operativo 4080-12 3.670
Técnico Operativo 4080-11 3.670
Técnico Operativo 4080-09 3.650
Técnico Operativo 4080-08 3.625
Técnico Operativo 4080-06 3.619
Auxiliar Administrativo 5120-07 2.420
Auxiliar Administrativo 5120-06 2.419
Auxiliar Administrativo 5120-05 2.418
Operario Calificado 5300-07 2.200
Operario Calificado 5300-05 2.418
Conductor Mecánico 5310-06 2.419
Auxiliar de Servicios Generales 5335-05 2.418
Especialistas Primer Grupo
Especialista Asesor Primero 3012-06 3.660
Especialista Asesor Segundo 3014-05 3.640
Especialista Jefe 3018-04 3.630
Especialistas Segundo Grupo
Especialista Primero 4012-08 3.600
Especialista Segundo 4014-07 3.580
Especialista Tercero 4016-06 3.280
Especialista Cuarto 4018-05 3.040
Especialista Quinto 4022-04 2.840
Especialista Sexto 4024-03 2.500
Adjuntos
Adjunto Jefe 5020-12 2.400
Adjunto Intendente 5022-11 2.300
Grados Personal Civil Total haberes mensuales
Adjunto Mayor 5028-10 2.250
Adjunto Especial 5032-09 2.200
Adjunto Primero 5034-08 2.150
Adjunto Segundo 5036-06 2.100
Adjunto Tercero 5038-05 2.050
Adjunto Cuarto 5052-02 1.980
Adjunto Quinto 5054-01 1.970
Personal Justicia Penal Militar Total haberes mensuales
Magistrado 3.780
Fiscal Penal Militar ante T.S.M. 3.780
Juez de Dirección o Inspección 3.780
Fiscal ante Juez de Dirección o Inspección 3.780
Auditor de Guerra de Dirección o Inspección 3.780
Juez de División 3.780
Fiscal ante Juez de División 3.780
Auditor de Guerra de División 3.780
Juez de Brigada 3.778
Fiscal ante Juez de Brigada 3.778
Auditor de Guerra de Brigada 3.775
Juez de Instrucción Penal Militar 3.778
Oficial Mayor T. S. M. 3.778
Escribiente T. S. M. 3.740
Secretario T. S. M. 3.770
Auxiliar Judicial 1 3.765
Auxiliar Judicial 2 3.764
Auxiliar Judicial 3 3.763
Auxiliar Judicial 4 3.762
Secretarios 3.768
De conformidad con lo previsto en los artículos 95 del Decreto-ley 1211 de 1990, 70 del Decreto-ley 1212 de 1990, 32 del Decreto-ley 1213 de 1990, 43 del Decreto-ley 1214 de 1990, 5º del Decreto 1091 de 1995, la Prima de Navidad a que se refiere el artículo 22 del Decreto 923 de 2005, será reconocida y pagada a los Oficiales, Suboficiales de las Fuerzas Militares y Policía Nacional, personal del Nivel Ejecutivo y Agentes de la Policía Nacional y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional, Fuerzas Militares, y no uniformados de la Policía Nacional, cuando sean destinados en comisión permanente al exterior, y se encuentren en desempeño de la misma el 30 de noviembre del respectivo año, en las siguientes cuantías:
Grado Comisiones de 180 Comisiones mayores de 90 días días o más y menores de 180 de días
Oficiales
GR-AL 4.200 2.100
MG-VA 3.700 1.850
BG-CA 3.500 1.750
CR-CN 3.100 1.550
TC-CF 2.300 1.150
MY-CC 1.900 950
CT-TN 1.800 900
TE-TF 1.600 800
ST-TK 1.500 750
Suboficiales
SM-JT-TJ 1.300 650
SP-SJ-TS 1.200 600
SV-S1-T1 1.100 550
SS-S1-T2 1.050 525
CP-S3-T3 1.000 500
CS-MA-T4 950 475
C3-MA2-AT 940 470
Agentes 930 465
Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional
Comisario 1.300 650
Subcomisario 1.200 600
Intendente Jefe 1.150 580
Intendente 1.100 550
Subintendente 1.050 525
Patrullero, Carabinero o Investigador 950 475
Grados Personal Civil Comisiones Comisiones entre 90 de más de y 180 días 180 días
Secretario General del Ministerio 0035-23 2.100 4.100
Viceministro 0020 2.100 4.100
Obispo Castrense 2.000 3.950
Vicario General 1.940 3.875
Asesor 1020-14 1.950 3.880
Asesor 1020-12 1.940 3.875
Asesor 1020-07 1.930 3.870
Asesor 1020-06 1.920 3.865
Asesor 1020-05 1.910 3.860
Director Técnico 0100-20 2.100 4.100
Director Técnico 0100-16 2.050 4.050
Director Técnico 0100-14 2.000 4.000
Jefe Oficina Asesora 1045-08 1.990 3.980
Jefe Oficina Asesora 1045-10 1.980 3.950
Jefe Oficina 0137-13 1.950 3.940
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