Resolución 1040, por medio de la cual se modifica el artículo 1° de la Resolución número 1312 del 30 de noviembre de 2004 y se fijan las tarifas para la vigencia 2006. - 30 de Marzo de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43234928

Resolución 1040, por medio de la cual se modifica el artículo 1° de la Resolución número 1312 del 30 de noviembre de 2004 y se fijan las tarifas para la vigencia 2006.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín46226

La Directora General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, CAR, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 1° del Acuerdo CAR 007 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Corporación mediante la Resolución número 1312 del 30 de noviembre de 2004 fijó las tarifas para el cobro de los productos y servicios que presta la entidad;

Que la Corporación en desarrollo de sus actividades genera documentos técnicos, material gráfico y publicaciones relacionadas con sus funciones, que son utilizados en la planificación, concertación y ejecución de planes de ordenamiento y manejo de cuencas, concientización y educación de la comunidad en materia de los recursos naturales y del medio ambiente, etc., los cuales son de interés general y educativo;

Que la Corporación, en cumplimiento de las directrices del Gobierno Central en cuanto a la utilización de las tecnologías de la información, para facilitar el acceso a la misma por parte del ciudadano y el apoyo a la gestión del mismo debe publicar en la página web la información de interés ambiental;

Que la información hidrometeorológica se encuentra publicada en la página web de la CAR, a la cual tienen acceso todos los ciudadanos, por lo tanto se deben revocar las tarifas de la información climatológica e hidrológica, establecidas en el artículo 1° de la mencionada resolución;

Que el artículo 478 del Estatuto Tributario establece: ¿Libros y revistas exentos. Están exentos del impuesto sobre las ventas los libros y revistas de carácter científico y cultural, según calificación que hará el Gobierno Nacional¿. La Ley 98 de 1993 reglamenta la anterior exención, al establecer que ¿se consideran libros, revistas, folletos, coleccionables seriados, o publicaciones de carácter científico cultural, los editados, producidos e impresos en la República de Colombia, de autor nacional o extranjero, en base papel o publicados en medios electromagnéticos¿;

Que el artículo 3° de la mencionada Resolución 1312 de 2004...

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