Resolución 1051, por medio de la cual se otorga al señor Raúl Chindoy Mutumbajoy, identificado con cédula de ciudadanía 1907935 expedida en Yunguillo, Mocoa, Putumayo, autorización de aprovechamiento forestal persistente en bosque natural, en el predio privado denominado "El Carrizo", ubicado en el Resguardo Indígena de Yunguillo, en el municipio de Mocoa, departamento del Putumayo, y se adopta la primera y única unidad de corta anual en un área de 73 hectáreas. - 12 de Octubre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43198986

Resolución 1051, por medio de la cual se otorga al señor Raúl Chindoy Mutumbajoy, identificado con cédula de ciudadanía 1907935 expedida en Yunguillo, Mocoa, Putumayo, autorización de aprovechamiento forestal persistente en bosque natural, en el predio privado denominado "El Carrizo", ubicado en el Resguardo Indígena de Yunguillo, en el municipio de Mocoa, departamento del Putumayo, y se adopta la primera y única unidad de corta anual en un área de 73 hectáreas.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía
Número de Boletín45338

El Director General de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, Corpoamazonia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993, artículo 31, numeral 9 y artículo 35, Decreto 1791 de 1996, y

CONSIDERANDO: ..................................................................................................................................................

RESUELVE:

Artículo 1º

Otorgar autorización de aprovechamiento forestal persistente para aprovechar el bosque en una área de 73 hectáreas con fines comerciales, en predios del Resguardo Indígena, municipio de Mocoa, departamento del Putumayo, al señor Raúl Chindoy, identificado con la cédula de ciudadanía 1907935 de Yunguillo, Mocoa, Putumayo, y se adopta la primera y única unidad de corta anual, cuyas coordenadas planas extremas con origen oeste geográficas son:

Nº Latitud N S Longitud w

1 01º 22¿ 56.7" X 76º 38¿ 36.1"

2 01º 22¿ 23.1" X 076º 37¿ 26"

3 01º 22¿ 26" X 076º 38¿ 26"

4 01º 22¿ 42.01" X 76º 38¿ 40.2"

Artículo 2º El volumen disponible por aprovechar por especie solicitada durante un (1) año, contado a partir de la ejecutoria de la presente providencia, es el siguiente:

Volumen Volumen Volumen Nº Nombre común Nombrecientífico bruto transformado bruto por (m3) (m3) hectárea (m3)

2 Amarillo...

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