Resolución 112, por la cual se adoptan normas sobre funcionamiento del Mercado Mayorista tendientes a promover la competencia - 30 de Diciembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43245168

Resolución 112, por la cual se adoptan normas sobre funcionamiento del Mercado Mayorista tendientes a promover la competencia

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín46497

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y de acuerdo con los Decretos 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que según lo establecido en la Ley 142 de 1994, artículos 73 y 74, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas ¿promover la competencia entre quienes presten servicios públicos, para que las operaciones de los monopolistas o de los competidores sean económicamente eficientes, no impliquen abuso de la posición dominante, y produzcan servicios de calidad,¿ para lo cual debe ¿regular el ejercicio de las actividades de los sectores de energía y gas combustible para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente y propiciar la competencia en el sector de minas y energía¿;

Que la Ley 142 de 1994, artículo 74.1, literal c), asignó a la CREG la función de expedir el Reglamento de Operación para regular el funcionamiento del Mercado de Energía Mayorista;

Que la Ley 143 de 1994, artículo 20, atribuyó a la función de regulación asignada a la CREG, el objetivo básico de asegurar una adecuada prestación del servicio mediante el aprovechamiento eficiente de los diferentes recursos energéticos, en beneficio del usuario en términos de calidad, oportunidad y costo del servicio, y ordenó que para el logro de este objetivo, la Comisión ¿promoverá la competencia, creará y preservará las condiciones que la hagan posible¿;

Que, igualmente, para el cumplimiento del mencionado objetivo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 143 de 1994, artículo 23, literal a), la Comisión debe ¿crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente, capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera, promover y preservar la competencia¿;

Que según lo establecido en la Ley 143 de 1994, en la actividad de generación de energía eléctrica que se lleva a cabo a través del Mercado Mayorista de Energía, ¿podrán participar diferentes agentes económicos, públicos, privados o mixtos, los cuales gozarán de libertad para desarrollar sus funciones en un contexto de libre competencia, de conformidad con los artículos 333, 334 y el inciso penúltimo...

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