Resolución 1149, por la cual se modifica una licencia ambiental. - 11 de Agosto de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43195984

Resolución 1149, por la cual se modifica una licencia ambiental.

EmisorMinisterio del Medio Ambiente
Número de Boletín45276

El Ministro del Medio Ambiente, en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el artículo 35 del Decreto 1753 de 1994, adicionado por el artículo 9º de la Resolución 655 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 0353 del 30 de diciembre de 1993, el Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, Inderena, Regional Bolívar, otorgó Licencia Ambiental a la Sociedad Puerto de Mamonal S. A., para la construcción de un muelle de servicio público, el cual se ubicaría en la margen oriental de la bahía de Cartagena, a la altura del kilómetro 7 de la Autopista a Mamonal, en la ciudad de Cartagena de Indias, departamento de Bolívar;

Que mediante Resolución número 1377 del 21 de noviembre de 1995, el Ministerio de Medio Ambiente modificó la licencia ambiental conferida mediante la Resolución número 0353 del 30 de diciembre de 1993 por el Inderena, en el sentido de ampliarla para la ejecución de las obras de construcción de las nuevas instalaciones para el manejo adicional de cemento a granel;

Que la Sociedad Puerto de Mamonal S. A., mediante el oficio PMCTG 00136-98 del 25 de marzo de 1998, solicitó a este Ministerio la modificación de la licencia ambiental otorgada por el Inderena, en el sentido que se les permitiera cambiar el área de disposición del material del dragado producto de la relimpia en los canales de acceso y área de maniobra del puerto y que se les autorice el proceso de manejo y descarga de chatarra y embarque de esta. Para lo anterior, la sociedad aludida anexó el estudio ambiental respectivo;

Que la Sociedad Puerto de Mamonal S. A. pretende adelantar la obra de construcción de piscinas retenedoras para la disposición del material procedente del dragado de la zona de maniobras y obras adicionales para el manejo adicional de chatarra;

Que la Sociedad Puerto de Mamonal S. A., dadas las condiciones del mercado internacional requiere ampliar los servicios ofrecidos en sus instalaciones portuarias, en el sentido de manejar material de chatarra adquirida en el exterior, para ser despachada a las siderúrgicas al interior del país. Aclara la Subdirección de Licencias Ambientales, que no se va a realizar desguace sino únicamente almacenamiento;

Que la operación de descargue del material se realizará directamente en el muelle, por medio de grúas en las áreas habilitadas en el muelle, para luego ser evacuadas a los patios de almacenamiento. Adicionalmente y contiguo a la zona de muelles se acondicionará un área para el almacenamiento y cargue de material de chatarra. El material allí almacenado estará dispuesto en pilas de aproximadamente 7 a 8 metros de altura;

Que en el Concepto número 469-98 de 19 de octubre de...

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