Resolución 13-000-057/99 - 30 de Diciembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43130774

Resolución 13-000-057/99

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín43835

DIARIO OFICIAL 43.835 RESOLUCIÓN 13-000-057/99 21/12/1999 por el cual se ordena la inscripción en el Catastro de los predios urbanos y rurales correspondientes al municipio de Turbaco. El Director del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" Seccional Bolívar, en uso de sus facultades legales conferidas por el artículo 87 de la Resolución número 2555/88, emanada de la Dirección General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, y CONSIDERANDO: Que con fundamento en los artículos , y de la Ley 14 de 1983, la Dirección Seccional del Catastro de Bolívar, del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", expidió la Resolución número 13-000-033-99 del 31 de agosto de 1999, ordenando la actualización de la formación del Catastro Urbano y Rural del municipio de Turbaco; Que por medio de la Resolución número 13-000-055/99 del 15 de diciembre de 1999, emanada de este mismo Despacho, debidamente fundamentada en el artículo 81 de la Resolución 2555/88 de la Dirección General del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", dio aprobación al estudio de zonas Homogéneas Geoeconómicas y el valor unitario para las tablas del tipo de construcción, de las zonas urbana y rural del municipio de Turbaco; Que en virtud de lo anterior y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley 14 de 1983 y el artículo 87 de la Resolución 2555/88, RESUELVE: Artículo 1°. Ordenar la inscripción de los predios correspondientes a las zonas urbanas y rural del municipio de Turbaco. Artículo 2°. Determinar que los avalúos resultantes de la actualización de la formación del Catastro del municipio de Turbaco, zonas urbana y rural entren en vigencia a partir del primero (1°) de enero del año dos mil (2000). Artículo 3°. Remitir copia de la presente providencia a la Tesorería Municipal de Turbaco, Contraloría Departamental y Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Artículo 4°. Informar por medios usuales de comunicación, la presente resolución de conformidad con el artículo 128 de la Resolución 2555/88. Artículo 5°. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial, antes del 31 de diciembre del presente año, y...

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