Resolución 1342, por la cual se establecen los requisitos y procedimiento para la creación de los centros de conciliación y/o arbitraje. - 24 de Agosto de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43213270

Resolución 1342, por la cual se establecen los requisitos y procedimiento para la creación de los centros de conciliación y/o arbitraje.

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín45650

El Ministerio del Interior y de Justicia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 91, 92 y 113 de la Ley 446 de 1998 , 10 y 13 de la Ley 640 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en los artículos 91 y 113 de la Ley 446 de 1998 y 10 de la Ley 640 de 2001, le compete al Ministerio del Interior y de Justicia autorizar la creación de los centros de conciliación y/o arbitraje; Que le corresponde al Ministerio del Interior y de Justicia establecer los requisitos de la metodología de factibilidad para la autorización de los centros de conciliación y/o arbitraje; Que el artículo 13 de la Ley 640 de 2001 establece las obligaciones que deben cumplir los centros de conciliación;

Que de conformidad con el Decreto 200 de 203 la Dirección de Acceso a la Justicia del Ministerio del Interior y de Justicia tiene como función cumplir con las obligaciones asignadas por la ley al Ministerio en materia de mecanismos alternativos de solución de conflictos,

RESUELVE:

Artículo 1º Personas autorizadas para crear centros de conciliación y/o arbitraje

Las personas jurídicas sin ánimo de lucro, las entidades públicas, las facultades de ciencias humanas y sociales, los consultorios jurídicos de las Facultades de Derecho de las universidades y, en general, las personas facultadas por la ley, podrán solicitar al Ministerio del Interior y de Justicia la autorización para la creación de centros de conciliación y/o arbitraje, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por el Ministerio para tales efectos.

Artículo 2º Requisitos de la metodología de factibilidad para la creación de centros de conciliación y/o arbitraje

Las personas autorizadas por la ley para crear centros de conciliación y/o arbitraje, deberán presentar al Ministerio del Interior y de Justicia una metodología de factibilidad que cumpla con los siguientes requisitos:

  1. Solicitud por escrito del representante legal de la persona interesada en la autorización de la creación de centro de conciliación y/o arbitraje al Ministerio del Interior y de Justicia.

  2. Certificar la existencia y representación legal de la persona solicitante, así como su condición de persona jurídica sin ánimo de lucro, entidad pública, facultad de ciencias humanas y sociales, consultorio jurídico de una Facultad de...

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