Resolución 141, por la cual se establecen los Cargos Regulados para el Gasoducto Cusiana - El Porvenir según solicitud de ECOGAS y la Asociación Santiago de las Atalayas, Tauramena y río Chitamena - 9 de Diciembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43185950

Resolución 141, por la cual se establecen los Cargos Regulados para el Gasoducto Cusiana - El Porvenir según solicitud de ECOGAS y la Asociación Santiago de las Atalayas, Tauramena y río Chitamena

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín45026

El Gerente de la Regional Casanare del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, en uso de las facultades delegadas por la Gerencia General, según Resolución número 2719 de 24 de octubre de 1997, 0199 del 15 de febrero del 2001, y

CONSIDERANDO:

Que se ha dado el trámite legal correspondiente a la solicitud de adjudicación de terrenos baldíos presentada por el señor José Higuera Moreno, identificado con la cédula de ciudadanía número 74811587 expedida en Maní, habiéndose acreditado todos los requisitos y condiciones para la expedición del título de dominio,

RESUELVE:

Artículo 1°

A djudicar al señor José Higuera Moreno, identificado con la cédula de ciudadanía número 74811587 expedida en Maní, el terreno baldío denominado San José, ubicado en la vereda La Coralia, jurisdicción del municipio de Maní, departamento de Casanare, cuya extensión ha sido calculada en doce (12) hectáreas, cero ochocientos treinta y dos (0.832) metros cuadrados, extensión adjudicable de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 160 de 1994 y se identifica conforme al plano radicado en el Incora con el número 600.691 de marzo de 2001.

Punto de partida: Se tomó como tal el delta número tres (3) situado al noreste, donde concurren las colindancias de sucesión de Jaime Higuera Holmos y Lucrecia Rodríguez y el interesado colinda así: Este: Lucrecia Rodríguez, del delta número 3 al delta número 1 en una distancia de 106.95 metros. Sureste: María Gilma Pedraza, del delta número 1 al detalle número 11, en una distancia de 891,33 metros, cerca de alambre al medio. Oeste: Jesús Moreno, del delta número 11 al delta número 9, en una distancia de 195.91 metros; sucesión: Jaime Higuera Holmos, del delta número 9 al delta número 8, en una distancia de 81.03 metros. Norte: Sucesión: Jaime Higuera Holmos, del delta número 8 al delta número 3, en una distancia de 821.04 metros y encierra al punto de partida.

Parágrafo. La presente adjudicación se hace como...

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