Resolución 1447, por la cual se modifica la Resolución número 1096 de noviembre 17 de 2000 que adopta el Reglamento Técnico para el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico,RAS. - 9 de Octubre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43228589

Resolución 1447, por la cual se modifica la Resolución número 1096 de noviembre 17 de 2000 que adopta el Reglamento Técnico para el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico,RAS.

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín46056

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 142 de 1994 y en especial las consagradas por los artículos 2º y 14 del Decreto-ley 216 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA, solicitó al Ministerio de Desarrollo Económico, el señalamiento de los requisitos técnicos que deben cumplir las obras, equipos y procedimientos que utilicen las Empresas de Servicios Públicos del Sector Agua Potable y Saneamiento Básico, con el fin de promover el mejoramiento de la calidad de estos servicios, siempre y cuando dicho señalamiento no implique restricción indebida a la competencia;

Que una vez surtidos los trámites el Ministerio de Desarrollo Económico expidió la Resolución número 1096 de 2000, por medio de la cual se adoptó el Reglamento técnico para el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico, RAS;

Que se hace necesaria la modificación de la Resolución 1096 de 2000, específicamente el artículo 9°, el cual reglamenta la integración de la Junta Técnica Asesora del Reglamento, teniendo en cuenta que se modifica su composición y la manera de elección de los representantes de las industrias del sector,

RESUELVE:

Artículo 1° Modifíquese el contenido del artículo noveno de la Resolución 1096 de 2000, el cual quedará de la siguiente forma:

"Artículo 9°. De la Junta Técnica Asesora del Reglamento. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, con el fin de mantener actualizadas las disposiciones de este Reglamento, integrará una Junta Técnica Asesora, y regulará sus actuaciones y procedimientos. Dicha Junta estará presidida por el Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o su delegado y estará conformada por un (1) representante de cada una de las dependencias, las entidades y los gremios que se relacionan a continuación:

  1. Dirección de Agua Potable, Saneamiento Básico y Ambiental del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, quien actuará como secretaría técnica.

  2. Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, SSPD.

  3. Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA.

  4. Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios y Actividades Complementarias e...

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