Resolución 1459, por la cual se modifica la Resolución número 1096 de 2000 que adopta el Reglamento Técnico para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico, RAS. - 11 de Octubre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43228670

Resolución 1459, por la cual se modifica la Resolución número 1096 de 2000 que adopta el Reglamento Técnico para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico, RAS.

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín46058

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 142 de 1994 y en especial las consagradas por los artículos 2º y 14 del Decreto-ley 216 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Desarrollo Económico expidió la Resolución número 1096 de 2000, por medio de la cual se adoptó el Reglamento Técnico para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico, RAS;

Que de conformidad con el numeral 6, artículo 14 del Decreto 216 de 2003, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, ejerce, entre otras, la siguiente función: ¿Definir los requisitos técnicos que deban cumplir las obras, equipos y procedimientos que utilicen las empresas de servicios públicos domiciliarios del sector de agua potable, saneamiento básico y ambiental, cuando la comisión de regulación haya resuelto por vía general que ese señalamiento es realmente necesario para garantizar la calidad del servicio y que no implica restricción indebida a la competencia¿;

Que para la priorización de inversiones en el sector de agua potable y saneamiento básico es necesario que las entidades territoriales, empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios u otras entidades que las promuevan o desarrollen, tengan en cuenta situaciones que generen impactos en salud, sanitarios, sociales y ambientales que estén afectando o vayan a afectar a sus habitantes, motivados por la inadecuada disposición de los residuos o desechos sólidos y asignen recursos con carácter prioritario y urgente,

RESUELVE:

Artículo 1° Modificar el artículo 22 de la Resolución 1096 de 2000, el cual quedará así:

¿Artículo 22. Esquema de priorización de proyectos. La primera prioridad para una entidad territorial, una Empresa de Servicios Públicos u otra entidad que promueva o desarrolle inversiones en el sector, será llevar a cabo inversiones que tengan un efecto positivo y manifiesto en la salud pública de los habitantes y de su medio ambiente, razón por la cual, tienen preferencia la ejecución de obras de suministro de agua potable de adecuada calidad, según el Decreto 475 de 1998 o el que lo modifique o reemplace, y la recolección y disposición de aguas residuales. En el siguiente nivel de prioridad se sitúan el manejo de desechos sólidos y el tratamiento de las aguas residuales.

Se presenta a continuación...

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