Resolución 1515, por la cual se establecen las directrices, criterios, procedimientos y cronograma para la organización del proceso de asignación de cupos y matrícula para los niveles de Preescolar, Básica y Media de las instituciones de educación formal de carácter oficial en las entidades territoriales. - 26 de Septiembre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43198133

Resolución 1515, por la cual se establecen las directrices, criterios, procedimientos y cronograma para la organización del proceso de asignación de cupos y matrícula para los niveles de Preescolar, Básica y Media de las instituciones de educación formal de carácter oficial en las entidades territoriales.

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín45322

La Ministra de Educación Nacional, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales especialmente en los numerales 5.1, 5.2 y 5.4 del artículo 5°, de la Ley 715 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que la educación es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Política de Colombia y un servicio público que cumple una función social, a cargo del Estado, la sociedad y la familia, la cual es obligatoria entre los cinco (5) y quince (15) años de edad y comprende, como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica;

Que así mismo, corresponde al Estado velar por la calidad en la prestación del servicio y asegurar las condiciones necesarias para el ingreso y permanencia de los (as) niños (as) y jóvenes dentro del sistema escolar;

Que el artículo 95 de la Ley 115 de 1994 establece que la matrícula formaliza la vinculación del educando al establecimiento educativo y se realiza por una sola vez y se renueva para cada período académico;

Que el artículo 16 del Decreto 3011 de 1997 establece como edad para el ingreso a la educación básica formal de adultos los trece (13) años, para quienes no han ingresado a ningún grado de la educación básica primaria o hayan cursado como máximo los tres primeros grados, y los quince (15) años o más, para quienes hayan finalizado el ciclo de básica primaria y demuestren que han estado por fuera del sistema educativo formal dos (2) años o más;

Que para fortalecer el proceso de reorganización de las entidades territoriales, departamentales y municipales y de las instituciones educativas, en cumplimiento del Plan de Desarrollo 2002-2006, es necesario establecer procesos claros y estandarizados de asignación de cupos y matrícula que permitan optimizar el acceso al servicio educativo en condiciones de eficiencia y equidad;

Que para garantizar la eficiencia en la distribución y aplicación de los recursos del Sistema General de Participaciones en las entidades territoriales es necesario organizar, consolidar y validar la información relacionada con la oferta y la demanda de cupos escolares;

Que para lograr estos propósitos es importante dar las orientaciones y lineamientos necesarios a las entidades territoriales,

RESUELVE:

Artículo 1° Organización del proceso de asignación de cupos y matrícula en entidades territoriales

Los Departamentos, Distritos y Municipios certificados, organizarán y estandarizarán el proceso de matrícula y asignación de cupos en las instituciones Educativas de su jurisdicción ajustándose a las etapas, períodos de tiempo y criterios establecidos en la presente resolución.

Artículo 2° Lineamientos generales para la organización del proceso de asignación de cupos y matrícula

Los Departamentos, Distritos y Municipios certificados, tendrán en cuenta los siguientes lineamientos en la definición y estandarización de procedimientos para el proceso de asignación de cupos y matrícula en los municipios y establecimientos educativos de su jurisdicción:

  1. Garantizar el derecho a la educación a los (as) niños (as) y jóvenes en edad escolar, dando prioridad a aquellos de estratos uno (1) y dos (2) y, en particular, a los (as) clasificados en los niveles uno (1) y dos...

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