Resolución 155-000144 - 28 de Febrero de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43172364

Resolución 155-000144

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín44724

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que la sociedad Constructora Meléndez S. A., con domicilio en Cali, solicitó a esta Superintendencia se le aceptara la promoción de un acuerdo de reestructuración en los términos y con las formalidades previstas en la Ley 550 de 1999, a través de la radicación número 2001‑01‑090648 del 27 de septiembre de 2001.

Segundo. Que mediante oficio 155‑2001‑01‑101268 del 23 de octubre de 2001, esta Superintendencia aceptó la promoción del acuerdo de reestructuración de la citada empresa y designó como promotor al señor Mario Ernesto Calero Buendía, quien mediante radicación 2001‑01‑103918 del 30 de octubre del presente año, no aceptó la designación por compromisos de trabajo y en su reemplazo se designó como promotora a la Cámara de Comercio de Cali.

Tercero. Que el artículo 17 de la Ley 550 de 1999, establece que las entidades en acuerdo de reestructuración no podrán adoptar reformas estatutarias, constituir o ejecutar garantías o cauciones a favor de los acreedores de la empresa que recaigan sobre bienes propios del empresario incluyendo fiducias mercantiles o encargos fiduciarios, compensaciones, pagos, arreglos, conciliaciones o transacciones de obligaciones, enajenación de bienes u operaciones que no correspondan al giro ordinario de...

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