Resolución 157, por medio de la cual se otorga una concesion de aguas. - 23 de Septiembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43214245

Resolución 157, por medio de la cual se otorga una concesion de aguas.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales
Número de Boletín45680

La Directora General de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en ejercicio de sus facultades, y en especial de las conferidas en el artículo 19 numeral 4 del Decreto 216 de 2003,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley 99 de 1993 se creó el Ministerio del Medio Ambiente, encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales;

Que el Ministerio del Medio Ambiente hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y De sarrollo Territorial, en virtud del Decreto 216 de 2003, por la cual se reestructuró el Ministerio fijándole entre otros objetivos, contribuir y promover el desarrollo sostenible a través de la formulación y adopción de las políticas, planes, programas y proyectos, así como la regulación en materia ambiental, del acceso a los recursos naturales renovables;

Que entre la estructura del Ministerio se encuentra la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, organizada en los términos del literal j) del artículo 58 de la Ley 489 de 1998 con autonomía administrativa y financiera, encargada del manejo y administración de las áreas que integran el Sistema de Parques Nacionales Naturales;

Que conforme a lo previsto en el artículo 19 numeral 4 del Decreto 216 de 2003, le corresponde a la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales otorgar los permisos, concesiones y demás autorizaciones para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables asociados a las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales;

Que el Parque Nacional Natural Chingaza hace parte de las áreas que integran el Sistema de Parques Nacionales Naturales, y fue creado por el Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables, Inderena, mediante el Acuerdo número 24 de 1971, el cual fue modificado mediante el Acuerdo 15 de 1977 y la Resolución 70 de 1978;

Que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, es la operadora del Sistema Chingaza, el cual se encuentra localizado en el Parque Nacional Natural Chingaza y está constituido por tres componentes principales a saber:

  1. El embalse de Chuza.

  2. El Túnel de Guatiquía, a través del cual se conducen las aguas del río Guatiquía al embalse de Chuza.

  3. La conducción del sistema Río Blanco la cual se encuentra compuesta por 4 pozos verticales, los cuales están localizados en los límites de la Corporación Autónoma Regional del Guavio, Corpoguavio, y 20 captaciones de agua, distribuidas en las jurisdicciones de la Corporación Autónoma Regional del Guavio, Corpoguavio, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, CAR, la Corporación Autónoma Regional de Orinoquia, Corporinoquia, y la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, UAESPNN;

    Que el Parque Nacional Natural Chingaza hace parte de las áreas que integran el Sistema de Parques Nacionales Naturales, y fue creado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, mediante la Resolución número 65 de 1968 y posteriormente lo hace el Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables, Inderena, mediante el Acuerdo número 15 de 1977 aprobado por la Resolución Ejecutiva número 154 del 6 de junio de 1977 expedida por el Ministerio de Agricultura, siendo ampliada el área mediante Acuerdo 01 del 24 de enero de 1978 aprobado por la Resolución del Ministerio de Agricultura...

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