Resolución 1775, por medio de la cual se autoriza la celebración de un cruce de cuentas entre el departamento del Cauca y el municipio de Popayán. - 24 de Agosto de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43140637

Resolución 1775, por medio de la cual se autoriza la celebración de un cruce de cuentas entre el departamento del Cauca y el municipio de Popayán.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44139

DIARIO OFICIAL 44.139 RESOLUCIÓN 1775 17/08/2000 por medio de la cual se autoriza la celebración de un cruce de cuentas entre el departamento del Cauca y el municipio de Popayán. La Directora General de la Dirección de Apoyo Fiscal, en uso de las facultades legales y en especial de las conferidas por los Decretos 1133 de 1999 y 694 del 2000 y la Resolución número 395 del 2000, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución número 849 de abril 24 del 2000, la Dirección General de Apoyo Fiscal aceptó la solicitud de promoción de un acuerdo de reestructuración de pasivos presentada por el departamento del Cauca y designó su promotor; Que en atención a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 694 de 2000, mediante acta de 3 de mayo de 222 el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el departamento del Cauca determinaron las actividades que el departamento podrá celebrar durante la etapa de negociación del acuerdo de reestructuración de pasivos que adelanta, así como las actividades en las cuales no podrá incurrir; Que dentro de las actividades que la citada acta determinó, se establece que el departamento no podrá celebrar ningún tipo de cruce de cuentas con cargo a sus recursos; Que mediante Comunicaciones números UIRD 465 de julio 27 de 2000 y SHCP-UIR 497 de agosto 15 de 2000, el departamento del Cauca ha solicitado autorización para efectuar un cruce de cuentas con el municipio de Popayán encaminado a saldar las deudas causadas por los impuestos al degüello al ganado mayor y el impuesto predial que maneja el municipio. El municipio de Popayán adeuda al departamento por concepto de impuesto al degüello la suma de setecientos noventa millones ciento cincuenta y dos mil doscientos catorce pesos ($790.152.214) moneda corriente y el departamento, a su vez, adeuda por impuesto predial al municipio el valor de novecientos ochenta y un millones...

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