Resolución 1791, por la cual se establecen disposiciones para los Programas de Sistemas Especiales de Importación-Exportación destinados a la exportación de bienes al amparo de la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas y de Erradicación de Drogas, Atpdea, de los Estados Unidos de América - 19 de Diciembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43186918

Resolución 1791, por la cual se establecen disposiciones para los Programas de Sistemas Especiales de Importación-Exportación destinados a la exportación de bienes al amparo de la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas y de Erradicación de Drogas, Atpdea, de los Estados Unidos de América

EmisorMinisterio de Comercio Exterior
Número de Boletín45039

El Ministro de Comercio Exterior, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto 2553 de 1999 y en desarrollo de lo dispuesto en los artículos 172 y 173, literal b) del Decreto-ley 444 de 1967, 28 del Decreto 631 de 1985, 3º del Decreto 697 de 1990 y en los Decretos 2680 de 1999, 2681 de 1999 y 2685 de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que los Estados Unidos de América otorgó desde 1991 preferencias arancelarias a Colombia bajo la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas, ATPA, la cual venció el 4 de diciembre de 2001;

Que mediante Trade Act of 2002, Title XXXI, denominada Ley de Preferencias Arancelarias Andinas y de Erradicación de Drogas, Atpdea, sancionada el 6 de agosto de 2002, los Estados Unidos de América prorrogaron y ampliaron las preferencias arancelarias del ATPA;

Que dichas preferencias comerciales propician el incremento de los flujos comerciales entre los países beneficiarios y los Estados Unidos de América y fortalecer las exportaciones colombianas;

Que el Ministerio de Comercio Exterior, como entidad encargada de manejar los instrumentos de fomento de las exportaciones, entre los cuales se encuentran los Sistemas Especiales de Importación-Exportación, debe velar por la expedición de regulaciones y procedimientos dirigidos a fortalecer la competitividad de la oferta exportable colombiana y por la simplificación y agilización de los procedimientos,

RESUELVE:

Artículo 1º Programas Atpdea

Denomínanse Programas Atpdea los Programas de los Sistemas Especiales de Importación-Exportación establecidos en los artículos 172 y 173, literal b) del Decreto-ley 444 de 1967 y en la Sección I del Capítulo II del Decreto 631 de 1985, cuya finalidad sea la exportación de bienes finales al amparo de la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas y de Erradicación de Drogas, Atpdea, de los Estados Unidos de América.

Artículo 2º Usuarios de los Pogramas Atpdea

Se consideran usuarios de los Programas Atpdea, las personas jurídicas con el carácter de empresarios productores, exportadores o comercializadores a quienes el Ministerio de Comercio Exterior apruebe...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR