Resolución 18-0074 - 29 de Enero de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43203647

Resolución 18-0074

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín45445

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confieren las Leyes 489 de 1998 y 685 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 317 de la Ley 685 de 2001 señala que

"Cuando en este Código se hace referencia a la autoridad minera o concedente, sin otra denominación adicional, se entenderá hecha al Ministerio de Minas y Energía o en su defecto a la autoridad nacional, que de conformidad con la organización de la administración pública y la distribución de funciones entre los entes que la integran, tenga a su cargo la administración de los recursos mineros, la promoción de los aspectos atinentes a la industria minera, la administración del recaudo y distribución de las contraprestaciones económicas señaladas en este Código, con el fin de desarrollar las funciones de titulación, registro, asistencia técnica, fomento, fiscalización y vigilancia de las obligaciones emanadas de los títulos y solicitudes de áreas mineras";

Que de la norma anteriormente transcrita claramente se desprende que el Ministerio de Minas y Energía es la autoridad minera nacional;

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998 señala que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con dicha ley, podrán mediante acto de delegación transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o...

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