Resolución 18-1209 - 31 de Octubre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43199761

Resolución 18-1209

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín45357

Los Ministros de Minas y Energía y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en uso de sus facultades legales, y en especial, las conferidas en el artículo 165 de la Ley 685 de 2001 y el artículo 5 del Decreto 2390 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que dentro del pr ograma de legalización de que trata el artículo 165 de la Ley 685 de 2001, reglamentado mediante el Decreto 2390 de 2002 está previsto que debe efectuarse una visita técnica conjunta por parte de la autoridad minera y de la autoridad ambiental;

Que para llevar a cabo la visita técnica de que trata el artículo 5º del Decreto 2390 de 2002 debe suscribirse un acta en el formato adoptado para el efecto y debe recolectarse la información geológica- minera y ambiental necesaria para cumplir con los objetivos de la misma;

Que teniendo en cuenta que la visita técnica a las explotaciones de hecho debe efectuarse de manera conjunta por las autoridades minera y ambiental y, en procura de dar aplicación a los principios de economía y celeridad, se considera pertinente que los formatos de acta de visita, captura de información geológico-minera y captura de información ambiental, sean adoptados por ambas autoridades a través de un solo acto administrativo;

Que los Ministerios de Minas y Energía y Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial han elaborado de manera conjunta los formatos de acta de visita, captura de información geológico-minera y captura de información ambiental, los cuales cumplen con los requisitos necesarios para recoger la información durante la visita técnica;

Que teniendo en cuenta lo anterior, los Ministerios de Minas y Energía y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial...

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