Resolución 18 1419 - 2 de Noviembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43229763

Resolución 18 1419

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín46080

El Ministro de Minas y Energía, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el Decreto 070 de 2001 y la Resolución 180398 del 7 de abril de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Minas y Energía expidió el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas, RETIE, mediante Resolución 18 0398 del 7 de abril de 2004, el cual fue modificado por la número 18 0498 de 2005;

Que por errores de impresión y transcripción se requiere aclarar algunos aspectos de la Resolución 18 0498 de 2005;

Que se hace necesario eliminar la exigencia de declaración extrajuicio exigida en el literal ¿b¿ del numeral 2 y en el numeral 3 del artículo 45 ¿DISPOSICIONES TRANSITORIAS¿ del Anexo General del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 2150 de 1995;

Que se ha presentado dificultades en la creación de organismos de certificación de instalaciones eléctricas, lo cual ha generado que a la fecha no se cuente con organismo alguno que haga efectivo el RETIE. Por esta razón se requiere modificar el sistema de certificación de instalaciones eléctricas de conformidad con la normativa andina;

Que por lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1° Modificar el párrafo 11 y sus viñetas del artículo 2° ¿CAMPO DE APLICACION¿ del Anexo General del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas, el cual quedará así:

¿Artículo 2º. CAMPO DE APLICACION

(...)

Los productos empleados en las instalaciones eléctricas a los cuales se les aplica el Reglamento demostrarán el cumplimiento de los requisitos exigidos mediante un Certificado de Conformidad con el RETIE, expedido por un Organismo de Certificación Acreditado por la SIC o por el mecanismo que esta entidad determine. Los productos que requieren demostrar tal conformidad con el RETIE son los descritos en la Tabla 1 ¿posiciones arancelarias¿. Los requisitos a demostrar son:

¿ Los productos con requisitos establecidos en el artículo 17 del Anexo General.

¿ Los electrodos de puesta a tierra y las puestas a tierra temporales relacionadas en el artículo 15 del Anexo General.

¿ Las estructuras de transmisión relacionadas en el artículo 28 del Anexo General.

¿ Los herrajes para líneas de transmisión y redes de distribución, establecidos en los artículos 26 y 36 del Anexo General.

Igualmente son objeto del RETIE y deberán demostrar la conformidad mediante un certificado de producto con la norma técnica aplicable para ese uso, los siguientes productos:

...

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