Resolución 1804, por la cual se emite el Plan Unico de Cuentas para las Entidades Promotoras de Salud y Entidades Prepago Privadas.
Emisor | Superintendencias - Superintendencia Nacional de Salud |
Número de Boletín | 45787 |
El Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el numeral 9 del artículo 7º del Decreto 1259 de 1994, los artículos 232, 233 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 8º del Decreto 515 del 20 de febrero de 2004,
CONSIDERANDO:
Primero. Que de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1259 de 1994, es competencia de la Superintendencia Nacional de Salud fijar los mecanismos y procedimientos contables que deben adoptar las Entidades Promotoras de Salud y Entidades Prepago privadas.
Segundo. Que se requiere la adopción de un Plan de Cuentas por parte de las Entidades Promotoras de Salud y Entidades de Prepago privadas, atendiendo a las disposiciones legales que rigen actualmente sobre la materia, a fin de establecer un sistema contable uniforme que permita definir el marco técnico y jurídico que han de seguir en adelante dichas entidades.
Tercero. Que el Plan de Cuentas permitirá a las Entidades Promotoras de Salud y Entidades de Prepago privadas la identificación, medición, clasificación, interpretación, análisis y evaluación de los hechos económicos que en ellas se registren,
RESUELVE:
El Plan de Cuentas para Entidades Promotoras de Salud y Entidades Prepago pretende dar uniformidad y transparencia al manejo de la información contable mediante la clasificación adecuada de los hechos económicos registrados en las Entidades Promotoras de Salud y Entidades de Prepago, de manera que permita a la misma se r comprensible, útil y comparable.
El presente Plan de Cuentas deberá ser aplicado por las Entidades Promotoras de Salud y Entidades de Prepago que sean personas jurídicas de naturaleza privada.
El Plan Unico de Cuentas se conforma por un catálogo de cuentas, su descripción y dinámica, las cuales deben observarse en el registro de todo hecho económico.
Contiene la relación ordenada de la clase, grupo, cuenta y subcuenta del activo, pasivo, patrimonio, ingresos, gastos, costos de los servicios, cuentas de orden deudoras y cuentas de orden acreedoras.
Las clases 1, 2 y 3 comprenden las cuentas que conforman el balance general (Activo, Pasivo y Patrimonio, respectivamente); las clases 4, 5 y 6 corresponden a las cuentas de resultados (Ingresos, Gastos y Costos, respectivamente); las clases 8 y 9 detallan las cuentas de orden (deudoras y acreedoras, respectivamente).
La codificación de las cuentas se basa en el sistema decimal por considerarse el más idóneo en el procesamiento de la información contable a través de sistemas computarizados, manuales o mecánicos.
Para efectos de este Plan, la codificación del catálogo de cuentas está estructurada sobre la base de los siguientes niveles:
CLASE : El primer dígito
GRUPO : Los dos primeros dígitos
CUENTA : Los cuatro primeros dígitos
SUBCUENTA : Los seis primeros dígitos
AUXILIAR : Los ocho primeros dígitos
Las descripciones expresan los conceptos de las diferentes clases, grupos y cuentas en el catálogo e indican las operaciones a registrar en cada una de las cuentas.
Las dinámicas señalan la forma en que se deben utilizar las cuentas y realizar los diferentes movimientos contables que las afecten.
Las dinámicas y descripciones serán de uso obligatorio y todos los asientos contables deberán efectuarse de conformidad con lo establecido en ellas.
Las Entidades Promotoras de Salud y Entidades de Prepago deberán hacer uso del presente plan respecto a su catálogo de cuentas y estructura, y en la contabilidad no podrá utilizarse clases, grupos, cuentas o subcuentas de manera diferente a lo dispuesto en esta resolución.
Las Entidades Promotoras de Salud y Entidades de Prepago pueden utilizar las subcuentas auxiliares que requieran de acuerdo con sus necesidades particulares, respetando las auxiliares ya definidas en este catalogo, solicitando su creación a la Superintendencia Nacional de Salud con el fin de lograr uniformidad en todas las entidades.
Se elimina la aplicación del sistema de ajustes por inflación para efectos contables en las Entidades Promotoras de Salud y Entidades de Prepago.
Los libros oficiales que deben utilizarse serán los exigidos de conformidad a lo contemplado en el Decreto 2649 de 1993, los cuales deberán estar registrados dando aplicación a los códigos numéricos y a las denominaciones del catálogo de cuentas contenidos en la presente resolución.
Todo reporte presentado a la administración, a los socios, al Estado, y a terceros, debe realizarse utilizando los códigos numéricos y las denominaciones indicadas en el catálogo de cuentas contenido en la presente resolución.
Los informes que deban elaborarse y la presentación de los mismos serán conforme a las disposiciones legales vigentes, los cuales deben estar debidamente clasificados en parte corriente y no corriente, dependiendo de la realización de los activos y la exigibilidad de los pasivos.
De acuerdo a lo establecido en el numeral 8.5 del artículo 8º del Decreto 515 de 2004, la Superintendencia Nacional de Salud podrá establecer provisiones y reservas especiales cuando las condiciones de la entidad o del sistema lo requieran.
Catálogo de cuentas sector privado
CODIGO DENOMINACION
1 ACTIVO
11 DISPONIBLE
1105 CAJA
110505 Caja general
11050501 Régimen contributivo
11050502 Régimen subsidiado
11050503 Planes adicionales de salud
11050504 Recaudos IPS
CODIGO DENOMINACION
110510 Cajas menores
11051001 Régimen contributivo
11051002 Régimen subsidiado
11051003 Planes adicionales de salud
11051004 IPS
110515 Moneda extranjera
11051501 Régimen contributivo
11051502 Régimen subsidiado
11051503 Planes adicionales de salud
11051504 IPS
1110 BANCOS
111005 Cuentas corrientes bancarias
11100501 Cotizaciones régimen contributivo
11100502 UPC-S Régimen subsidiado
11100503 Encargos fiduciarios régimen subsidiado
11100504 IPS
11100505 Planes adicionales de salud
11100506 Otras Cuentas Corrientes
111010 Moneda extranjera
1110 1001 Cotizaciones régimen contributivo
11101002 UPC-S Régimen subsidiado
11101003 Encargos fiduciarios régimen subsidiado
11101004 IPS
11101005 Planes adicionales de salud
11101006 Otras Cuentas Corrientes
1115 REMESAS EN TRANSITO
111505 Moneda nacional
11150501 Cuenta corriente bancaria
1115050101 Cotizaciones régimen contributivo
1115050102 UPC-S Régimen subsidiado
1115050103 Encargos fiduciarios régimen subsidiado
1115050104 IPS
1115050105 Planes adicionales de salud
1115050106 Otras remesas en tránsito
11150502 Cuenta de ahorros
1115050201 Cotizaciones régimen contributivo
1115050202 UPC-S Régimen subsidiado
1115050203 Encargos fiduciarios régimen subsidiado
1115050204 IPS
1115050205 Planes adicionales de salud
1115050206 Otras cuentas de ahorro
111510 Moneda extranjera
11151001 Régimen contributivo
11151002 Régimen subsidiado
11151003 Planes adicionales de salud
11151004 IPS
11151005 Otras remesas en tránsito
1120 CUENTAS DE AHORRO
112005 Cuentas de ahorro
11200501 Cotizaciones régimen contributivo
CODIGO DENOMINACION
11200502 UPC-S Régimen subsidiado
11200503 Encargos fiduciarios régimen subsidiado
11200504 IPS
11200505 Planes adicionales de salud
11200506 Otras cuentas de ahorro
112010 Organismos cooperativos financieros
11201001 Cotizaciones régimen contributivo
11201002 UPC-S Régimen subsidiado
11201003 Encargos fiduciarios régimen subsidiado
11201004 IPS
11201005 Planes adicionales de salud
11201006 Otras cuentas en organismos cooperativos
1125 FONDOS
112515 Especiales moneda nacional
11251501 Cuenta corriente bancaria
1125150101 Régimen contributivo
1125150102 Régimen subsidiado
1125150103 Planes adicionales de salud
1125150104 IPS
11251502 Cuenta de ahorro ordinario
1125150201 Régimen contributivo
1125150202 Régimen subsidiado
1125150203 Planes adicionales de salud
1125150204 IPS
12 INVERSIONES
1205 ACCIONES
120520 Industria manufacturera
12052001 Régimen contributivo
12052002 Régimen subsidiado
12052003 IPS
12052004 Planes adicionales de salud
120565 Servicios sociales y de salud
12056501 Régimen contributivo
12056502 Régimen subsidiado
12056503 IPS
12056504 Planes adicionales de salud
120550 Actividad financiera
12055001 Régimen contributivo
12055002 Régimen subsidiado
12055003 IPS
12055004 Planes adicionales de salud
120570 Otras actividades de servicios comunitarios, sociales y personales
12057001 Régimen contributivo
12057002 Régimen subsidiado
12057003 IPS
12057004 Planes adicionales de salud
120599 Ajustes por inflación
12059901 Régimen contributivo
12059902 Régimen subsidiado
12059903 IPS
12059904 Planes adicionales de salud
1210 CUOTAS PARTES DE INTERES SOCIAL
121020 Industria manufacturera
12102001 Régimen contributivo
12102002 Régimen subsidiado
12102003 IPS
12102004 Planes adicionales de salud
121065 Servicios sociales y de salud
12106501 Régimen contributivo
12106502 Régimen subsidiado
12106503 IPS
12106504 Planes adicionales de salud
121050 Actividad financiera
121070 Otras actividades de servicios comunitarios, sociales y personales
12707001 Régimen contributivo
CODIGO DENOMINACION
12707002 Régimen subsidiado
12707003 IPS
12707004 Planes adicionales de salud
121099 Ajustes por inflación
12109901 Régimen contributivo
12109902 Régimen subsidiado
12109903 IPS
12109904 Planes adicionales de salud
1215 BONOS
121505 B onos públicos moneda nacional
12150501 Régimen...
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