Resolución 184, por la cual se declara que una compañía extranjera ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 10 del Código de Petróleos - 23 de Diciembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43187145

Resolución 184, por la cual se declara que una compañía extranjera ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 10 del Código de Petróleos

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín45043

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y, en especial, de las que le confiere el artículo 10 del Código de Petróleos, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Código de Petróleos corresponde al Gobierno declarar que las sociedades extranjeras han cumplido con los requisitos exigidos por la norma mencionada, cuando con la solicitud se presenten los documentos que así lo demuestren;

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 10ª de 1961, las compañías cuyo asiento principal de negocios esté en algún país extranjero y celebren con el Gobierno o con entidades oficiales o particulares contratos sobre prestación de servicios en el ramo de petróleos, deberán cumplir lo preceptuado en el inciso 2° del artículo 10 del Código de Petróleos, el cual exige constituir y domiciliar en la cabecera del Circuito de Notaría de Bogotá, casa o sucursal, llenando las formalidades del artículo 470 y concordantes del Código de Comercio;

Que la sociedad extranjera Mompós Construction Co., Inc., constituida de conformidad con las leyes del Estado de California, estableció una sucursal en Colombia denominada Mompós Construction Co., Inc., contemplando en su objeto social, según consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido el 8 de noviembre de 2002 por la Cámara de Comercio de Bogotá: ¿... Limitado a actividades asociadas con la exploración y producción de petróleo, gas e hidrocarburos en general...¿;

Que la doctora Martha...

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