Resolución 20051300006425
Emisor | Superintendencias - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios |
Número de Boletín | 45887 |
La Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las contenidas en la Ley 142 de 1994, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, la Ley 510 de 1999 y el Decreto 990 de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución SSPD 3535 de marzo 11 de 2002 se ordenó la liquidación de la Empresa de Servicios Públicos de Oriente, ESPO S. A. ESP;
Que de acuerdo con el numeral 4 del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 28 de la Ley 510 de 1999, el Director del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras designará al Contralor. Así, por remisión expresa del artículo 121 de la Ley 142 de 1994 debe entenderse, para estos efectos, que es el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios quien efectuará tal designación y podrá removerlo cuando a su juicio deba ser reemplazado;
Que de conformidad con el parágrafo del numeral 4 del artículo 295 ibídem el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios fijará los honorarios que con cargo a la entidad intervenida deberá percibir el contralor por su gestión;
Que según el numeral 10 del artículo 295 ibídem, el contralor ejercerá las funciones propias de un revisor fiscal conforme al Código de Comercio y demás normas aplicables a la revisoría fiscal y responderá de acuerdo con ellas. Que se hace necesario designar contralor para la Empresa de Servicios Públicos del Oriente, ESPO S. A ESP,
RESUELVE:
A. ESP a Luis Fernando Tovar Santos, identificado con la cédula de ciudadanía 93388097 de Ibagué.
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