Resolución número 4731 de 2012, por la cual se adiciona un parágrafo al artículo 7º de la Resolución 921 de 2011 - 24 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 412975958

Resolución número 4731 de 2012, por la cual se adiciona un parágrafo al artículo 7º de la Resolución 921 de 2011

EmisorVarios - Consejo Nacional Electoral
Número de Boletín48654

El Consejo Nacional Electoral,

CONSIDERANDO:

Que en uso de sus atribuciones constitucionales, en especial las conferidas por el artículo 265, numerales 1, 4, 6 y 12 de la Constitución Política, el Consejo Nacional Electoral produjo la Resolución 921 de 2011 "por la cual se establece el procedimiento para revocar inscripciones de candidatos a cargos de elección popular".

Que el artículo 7º de la Resolución 921 de 2011 estableció que "Vencido el término para presentar las solicitudes, el Consejo Nacional Electoral, mediante aviso publicado en un periódico de amplia circulación nacional, convocará audiencia pública con el único propósito de notificar en estrados todas las providencias a que haya lugar, incluida la de la decisión de avocar conocimiento de la solicitud, independientemente de su comunicación previa (...)".

Que observando los principios señalados en la Ley 1437 de 2011 resulta procedente adicionar un parágrafo al artículo 7º de la Resolución 0921 de 2011, buscando diferenciar la convocatoria que se hace a audiencia pública de notificación de las providencias a que haya lugar, en desarrollo de los procesos originados en las solicitudes de revocatoria de inscripciones de candidatos a cargos uninominales en una elección ordinaria, de la que debe hacerse cuando se trate de elecciones atípicas.

RESUELVE:

Artículo 1º Adicionar un parágrafo al artículo 7º de la Resolución 921 de 2011, el cual será del siguiente tenor:

Parágrafo. Cuando se trate de elecciones atípicas de Gobernador la convocatoria a la audiencia se realizará mediante la publicación...

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