Resolución número 0103 de 2013, por la cual se efectúa un nombramiento provisional - 26 de Febrero de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 425732106

Resolución número 0103 de 2013, por la cual se efectúa un nombramiento provisional

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín48716

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 208 de la Constitución Política, el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, la Ley 909 de 2004, el Decreto 4968 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en los artículos 11 y 15 de la Ley 1444 de 2011, se escindieron del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, los objetivos y funciones asignados por las normas vigentes a los Despachos del Viceministro de Vivienda y Desarrollo Territorial y al Despacho del Viceministro de Agua y Saneamiento Básico y se creó el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Que mediante el Decreto-ley 3571 del 27 de septiembre de 2011, se establecieron los objetivos, estructura y funciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Que en concordancia con la Ley 489 de 1998, fue expedido el Decreto-ley 3576 del 27 de septiembre de 2011, por el cual se establece la planta de personal del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, conformada por 375 empleos, los cuales no se encuentran provistos en su totalidad.

Que el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998 establece que es función de los Ministros además de las que señalan la Constitución Política de Colombia y demás disposiciones legales, dirigir las funciones de administración de personal conforme a las normas sobre la materia.

Que el artículo 25 de la Ley 909 de 2004 señala: "Provisión de los empleos por vacancia temporal. Los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones administrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones, cuando no fuere posible proveerlos mediante encargo con servidores públicos de carrera".

Que el Decreto 4968 de 2007 que modifica el artículo 8º del Decreto 1227 de 2005 dispone que no se requerirá autorización de la Comisión Nacional del Servicio Civil para proveer vacancias temporales de empleos de carrera, tales como vacaciones, licencias, comisiones, encargos o suspensión en el...

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