Resolución 2357, por la cual se prorroga el término para la adopción de la determinación preliminar en una investigación administrativa abierta de oficio con el objeto de determinar la existencia de un supuesto dumping en las importaciones de fibras de poliéster clasificadas por la subpartida arancelaria 55.03.20.00.00 originarios de Corea del Sur e Indonesia - 21 de Diciembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43168841

Resolución 2357, por la cual se prorroga el término para la adopción de la determinación preliminar en una investigación administrativa abierta de oficio con el objeto de determinar la existencia de un supuesto dumping en las importaciones de fibras de poliéster clasificadas por la subpartida arancelaria 55.03.20.00.00 originarios de Corea del Sur e Indonesia

EmisorMinisterio de Comercio Exterior
Número de Boletín44653

DIARIO OFICIAL 44.653 RESOLUCIÓN 2357 13/12/2001 por la cual se prorroga el término para la adopción de la determinación preliminar en una investigación administrativa abierta de oficio con el objeto de determinar la existencia de un supuesto dumping en las importaciones de fibras de poliéster clasificadas por la subpartida arancelaria 55.03.20.00.00 originarios de Corea del Sur e Indonesia. La Directora Técnica de la Dirección General de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren los Decretos 991 de 1998 y 2553 de 1999, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 1785 del 11 de octubre de 2001, la Dirección General de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior dispuso la apertura de oficio de una investigación de carácter administrativo con el objeto de determinar la existencia, grado y efectos en la rama de la producción nacional, de un supuesto ¿dumping¿ en las importaciones originadas de Corea del Sur e Indonesia de fibras de poliéster, clasificadas por la subpartida arancelaria 65.03.20.00.00; Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo cuarto de la mencionada resolución, la Dirección General de Comercio Exterior con fecha 25 de octubre del presente año, envió cuestionarios a los importadores, exportadores y/o productores conocidos del producto en cuestión, a fin de obtener la información pertinente y poder contar con los elementos suficientes para adelantar la investigación, los cuales, de conformidad con los términos de ley, deberán responderse a más tardar el cuatro (4) de diciembre del año en curso. Igualmente permitió a las personas que tuvieran interés en la investigación, obtener los referidos cuestionarios en la sede de la Dirección General de Comercio Exterior; Que en consideración a los motivos expuestos por varias partes interesadas y con fundamento en el artículo 47 del Decreto 991 de 1998 se expidió la Resolución número 2332 de noviembre 29 de 2001, mediante la cual la Dirección General de Comercio Exterior de este Ministerio prorrogó el término de respuesta de cuestionarios hasta el 14 de diciembre de 2001; Que de conformidad con el artículo 49 del Decreto 991 de 1998, dentro de un plazo de sesenta y cinco (65) días calendario, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la resolución de apertura de la investigación, la Dirección General de Comercio Exterior deberá pronunciarse respecto de los...

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