Resolución 317, por la cual se decide la solicitud de modificación, por mutuo acuerdo del Costo de Recolección y Transporte de Residuos Sólidos (CRT) para el municipio de Envigado (Antioquia), presentada por la Empresa Enviaseo E.S.P. - 23 de Febrero de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43219380

Resolución 317, por la cual se decide la solicitud de modificación, por mutuo acuerdo del Costo de Recolección y Transporte de Residuos Sólidos (CRT) para el municipio de Envigado (Antioquia), presentada por la Empresa Enviaseo E.S.P.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico
Número de Boletín45831

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 73 de la Ley 142 de 1994, los Decretos 1524 de 1994 y 1905 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento del numeral 11 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) estableció en la Resolución 03 de 1996, hoy contenida en la Resolución 151 de 2001, Título I, Capítulo 3, el régimen de libertad regulada en la fijación de tarifas, para todas las entidades que en el territorio nacional presten los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo;

Que en cumplimiento de sus funciones legales, la Comisión expidió las Resoluciones número 19 de 1996 y número 15 de 1997, para el servicio de aseo, hoy integradas en la Resolución 151 de 2001, Título IV, Capítulo 2; en las cuales se establecen las metodologías para la determinación de los costos y tarifas de dicho servicio, considerando lo contemplado en el Título VI de la Ley 142 de 1994, que regula el régimen tarifario de las empresas de servicios públicos;

Que sin perjuicio de lo establecido en resoluciones de carácter particular, el artículo 4.2.2.1 de la Resolución CRA número 151 de 2001, establece el costo máximo a reconocer por concepto del componente de recolección y transporte (CRT) para las capitales de departamento y los municipios con más de 8.000 usuarios;

Que el artículo 4.2.5.6 ibídem., establece que la Comisión excepcionalmente podrá, modificar los parámetros establecidos en las secciones 4.2.2 a 4.2.6 de dicha resolución, de oficio o a petición de parte cuando se demuestre ante la Comisión, mediante estudios, cambios en los parámetros establecidos, o cambios en la calidad o localización del sitio de tratamiento y disposición final;

Que la Resolución CRA número 271 de 2003, "por la cual se modifica el artículo 1.2.1.1 y la Sección 5.2.1 del Capítulo 2, del Título V de la Resolución CRA número 151 de 2001", establece el procedimiento único para el trámite de las modificaciones de carácter particular de las Fórmulas Tarifarias y/o del Costo Económico de Referencia aplicables a los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo por la causal de mutuo acuerdo;

De conformidad con los parámetros del artículo 18 de la Resolución número 15 de 1997 al m unicipio de Envigado le correspondía un ho de una (1) hora;

Que la Empresa Enviaseo E.S.P., solicitó la modificación del parámetro ho de 1 hora a 2,64 horas por viaje, la cual fue resuelta mediante la Resolución CRA número 101 de 1999, en la que se autoriza a las personas prestadoras del servicio de aseo en el municipio de Envigado que efectúen la disposición final de los residuos sólidos en el relleno sanitario "Curva de Rodas", un tiempo medio de viaje improductivo (h0) de 2,42 horas/viaje, para el cálculo del costo del componente de recolección y transporte (CRT);

Que en cumplimiento de lo establecido en la Resolución CRA número 130 de 2000, la Empresa Enviaseo E.S.P. mediante escrito fechado el 1º de diciembre de 2000, Radicación CRA número 3479, envió a la CRA el instructivo correspondiente reportando los costos involucrados en la prestación del servicio de aseo en el municipio de Envigado, con base en los cuales, mediante Resolución CRA número 191 de octubre 5 de 2001, se le asignó un CRT de $48.707 por tonelada, en pesos de julio de 2000 la cual fue objeto de recursos de reposición, los cuales fueron resueltos mediante Resolución CRA número 221 de marzo 5 de 2002;

Que mediante Comunicación número 626-03 del 21 de julio de 2003, Radicación CRA número 2480 del 23 de julio de 2003, la Empresa Enviaseo E.S.P. presenta los estudios de costos por tonelada del componente de recolección y transporte de residuos sólidos, elaborados de acuerdo al instructivo de la Resolución CRA número 130 de 2000 y solicita la modificación de dicho parámetro, a un valor de $91.575,3 por tonelada, en pesos de junio de 2003.

Posteriormente, mediante comunicaciones de Radicaciones CRA números 3993, 4416 y 4492 de fechas noviembre 18, diciembre 22 y 29 de 2003, respectivamente, la Empresa Enviaseo E.S.P. allega nueva información y solicita se le modifique el CRT a un valor de $95.643,8/Ton. (Pesos junio 2003), frente a lo que la UEA-CRA le solicita evaluar la pertinencia de incluir una estación de transferencia como parte esencial del componente en mención, remitiendo la correspondiente valoración, bien para transportar los residuos con vehículos de mayor capacidad o en general para considerar las posibles alternativas de mínimo costo a que alude la ley, con el fin de incluir en la determinación del costo máximo, costos eficientes;

Que mediante comunicación con radicación CRA CRA 2205 del 23 de junio de 2004, la empresa completa la documentación requerida para el trámite de las solicitudes de modificación de costos por la causal de mutuo acuerdo, de conformidad con lo establecido en la Resolución CRA 271 de 2003;

Que mediante Oficio CRA 2032 del 6 de julio de 2004, la Comisión informa a la empresa que el Comité de Expertos en Sesión Ordinaria número 14 del 6 julio de 2004, decidió admitir formalmente el inicio del trámite de modificación del costo económico de referencia para el CRT por la vía de mutuo acuerdo, y que el trámite se adelantará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2.1.6 de la Resolución CRA 271 de 2003;

Que mediante Oficios CRA del 2149 al 2155 del 12 de julio de 2004 dirigidos a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (delegada y superintendente), al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (Ministra y Viceministro), al Ministerio de la Protección Social, al Departamento Nacional de Planeación (Director y Subdirector) respectivamente, la Comisión informó sobre la citada solicitud de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 5.2.1.6 de la Resolución CRA 151 de 2001;

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.2.1.7 de la Resolución CRA 151 de 2001, modificada por la Resolución CRA 271 de 2003, mediante Oficio CRA 3183 del 20 de septiembre de 2004, se remitió a la empresa para su publicación un comunicado de prensa con la información sobre el procedimiento solicitado;

Que mediante Oficios CRA del 3184 al 3189 del 20 de septiembre de 2004 se envía copia del comunicado referido al Alcalde de Envigado, al Personero, a las Veedurías, a la Superintendencia de Servicios Públicos y a la Defensora del Pueblo respectivamente, con el fin de que fuera divulgado entre terceros interesados en hacerse parte dentro de la actuación administrativa;

Que mediante Auto 001 del 15 de noviembre de 2004, se abrió a pruebas la actuación administrativa de modificación del costo de Recolección y Transporte de Residuos Sólidos (CRT) por mutuo acuerdo presentada por Enviaseo E.S.P. Que dentro del período probatorio se recopilaron pruebas documentales y se realizó una visita en las instalaciones de Enviaseo E.S.P.;

Que mediante Oficios CRA del 4086 al 4092 del 18 de noviembre de 2004, la CRA comunicó el Auto 001 del 15 de noviembre de 2004, a las Veedurías, a la Defensora del Pueblo, al Alcalde del Municipio...

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