Resolución 343, por la cual se autoriza a Interconexión Eléctrica S. A. ESP. ISA S. A. para realizar una emisión de bonos de deuda pública interna a través de un Programa de Emisión y Colocación hasta por la suma de cuatrocientos cincuenta mil millones de pesos ($450.000.000.000) moneda legal colombiana. - 14 de Febrero de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43204175

Resolución 343, por la cual se autoriza a Interconexión Eléctrica S. A. ESP. ISA S. A. para realizar una emisión de bonos de deuda pública interna a través de un Programa de Emisión y Colocación hasta por la suma de cuatrocientos cincuenta mil millones de pesos ($450.000.000.000) moneda legal colombiana.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín45461

El Director General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el artículo 21 del Decreto 2681 de 1993 y el artículo 1º literal c) de la Resolución 2650 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que Interconexi ón Eléctrica S. A. ESP. ISA S. A. mediante oficio número 1210-8 022898-1 del 26 de noviembre de 2003 solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para una emisión de bonos de deuda pública interna a través de un Programa de Emisión y Colocación;

Que la Ley 31 de 1992, en su artículo 16 literal c), dispuso que mediante normas de carácter general, la Junta Directiva del Banco de la República señalará las condiciones financieras a las cuales deben sujetarse las entidades públicas autorizadas por la ley para adquirir o colocar títulos, con el fin de asegurar que estas operaciones se efectúen en condiciones de mercado;

Que conforme a la facultad de que trata el considerando anterior, la citada Junta Directiva expidió las Resoluciones Externas número 3 de 1998 y número 8 de 2001, que señalan las condiciones financieras a las cuales deben sujetarse, entre otras, las entidades públicas para colocar títulos en moneda legal colombiana;

Que el artículo 2° de la Resolución Externa número 8 de 2001, establece que las demás condiciones financieras de los títulos en moneda legal colombiana serán las previstas en la Resolución Externa número 3 de 1998;

Que el literal b) del artículo 1º de la Resolución Externa número 3 de 1998 de la Junta Directiva del Banco de la República, estableció que las tasas de interés de los títulos en moneda legal colombiana que emitan, entre otras, las entidades descentralizadas del orden nacional, deberán reflejar las condiciones del mercado y que el Banco de la República señalará periódicamente tasas indicativas, las cuales deberán ser tenidas en cuenta por las autoridades competentes al momento de autorizar una emisión de títulos;

Que en desarrollo de lo previsto en el literal b) del artículo 1º de la Resolución Externa número 3 de 1998 de la Junta Directiva del Banco de la República, el Banco de la República expidió la Circular Reglamentaria Externa UT-48 del 31 de julio de 1998 mediante la cual la mencionada entidad fijó las tasas de interés indicativas que deberán ser tenidas en cuenta por las autoridades competentes al momento de autorizar una emisión de títulos;

Que mediante comunicación JDS-34511 del 2 de octubre de 1998 el Secretario de la Junta Directiva del Banco de la República conceptuó que las tasas de interés indicativas establecidas por el Banco de la República en la Circular Reglamentaria Externa UT-48 del 31 de julio de 1998 tienen el único propósito de servir de indicador, lo cual no impide el ofrecimiento de tasas superiores, siempre y cuando estas sean de mercado y cuyo exceso sobre las tasas indicativas deberá ser evaluado al momento de emitir las autorizaciones a que haya lugar por parte de las autoridades correspondientes;

Que según consta en el oficio SC-04-063-2003 del 4 de diciembre de 2003, el Departamento Nacional de Planeación conceptuó favorablemente para que Interconexión Eléctrica S. A. ESP. ISA S. A. realice operaciones de crédito público y/o actos o contratos asimilados a operaciones de crédito público hasta por un valor de quinientos cincuenta mil millones de pesos ($550.000.000.000) moneda legal colombiana o su equivalente en dólares, de los cuales cuatrocientos cincuenta mil millones de pesos ($450.000.000.000) moneda legal colombiana se llevarán a cabo a través de un programa de emisión de bonos;

Que la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Interconexión Eléctrica S. A. ESP. ISA S. A. en reunión del 11 de junio de 2001, autorizó la emisión de bonos no convertible en acciones hasta por un monto equivalente de US$ 300.000.000, los cuales podrán ser colocado s en Colombia y en el exterior y facultó a la Junta Directiva para que en su momento determinara los montos a colocar tanto a nivel nacional como internacional;

Que Interconexión Eléctrica S. A. ESP. ISA S. A. llevó a cabo en el año 2001 su tercera emisión de bonos de deuda pública interna por valor de $130.000.000.000, equivalentes a US$56.084.766...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR