Resolución 4054, por medio de la cual se reasigna la competencia para decidir solicitudes prestacionales en el Sistema General de Riesgos Profesionales - 24 de Diciembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43130576

Resolución 4054, por medio de la cual se reasigna la competencia para decidir solicitudes prestacionales en el Sistema General de Riesgos Profesionales

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto de Seguros Sociales
Número de Boletín43829

DIARIO OFICIAL 43.829 RESOLUCIÓN 4054 15/12/1999 por medio de la cual se reasigna la competencia para decidir solicitudes prestacionales en el Sistema General de Riesgos Profesionales. El Presidente del Instituto de Seguros Sociales, en uso de sus facultades legales y en especial la conferida por el artículo 3° del Acuerdo 013 del 6 de julio de 1993, y CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo 013 del 6 de julio de 1993 el Consejo Directivo del ISS asignó la competencia para decidir en primera y segunda instancia las solicitudes de pensiones e indemnizaciones presentadas por los asegurados o sus beneficiarios en los Seguros de Invalidez, Vejez y Muerte y en el de Riesgos Profesionales; Que el artículo 3° del citado Acuerdo delegó en el Presidente del ISS la facultad de reasignar, mediante Resolución motivada, la competencia asignada para decidir las solicitudes prestacionales; Que mediante Resolución número 1333 del 25 de abril de 1997, el Presidente reasignó la competencia para decidir solicitudes de prestaciones en el Seguro de Riesgos Profesionales en los Jefes de los Departamentos de la Aseguradora ATEP, Jefes de Departamento de Riesgos Laborales, Gerentes de Protección de Riesgos Laborales, Gerentes de Pensiones y Riesgos Laborales y Gerentes Administrativos, de Pensiones y de Protección de Riesgos Laborales de las respectivas seccionales; Que por Resolución número 2607 del 2 de septiembre de 1997, el Presidente reasignó nuevamente la competencia para decidir solicitudes prestacionales en el Seguro de Riesgos Profesionales en los Jefes de Departamento de la Aseguradora ATEP, Jefes del Departamento de Riesgos Laborales, Gerentes de Protección de Riesgos Laborales y Gerentes de Pensiones y Riesgos Laborales de las Seccionales Cundinamarca, Antioquia, Valle, Atlántico, Bolívar, Santander y Quindío; Que con el objeto de lograr una mayor eficacia y celeridad y evitar represamiento de las peticiones de reconocimiento de prestaciones económicas se hace necesario redistribuir la regionalización y organizar más centros de decisión en otras seccionales; Que en consecuencia, RESUELVE: Artículo 1°. Competencia para decidir solicitudes en el Seguro de Riesgos Profesionales que administra el ISS. Reasignar la competencia para decidir en primera instancia las solicitudes sobre reconocimiento y pago de prestaciones económicas por riesgos profesionales en: El Jefe del Departamento de la Aseguradora ATEP de la Seccional Antioquia o quien haga sus veces...

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