Resolución 4266, por la cual se determina el número de concejales que puede elegir el municipio Zona Bananera, Magdalena - 19 de Diciembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43130293

Resolución 4266, por la cual se determina el número de concejales que puede elegir el municipio Zona Bananera, Magdalena

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín43822

DIARIO OFICIAL 43.822 RESOLUCIÓN 4266 10/12/1999 por la cual se determina el número de concejales que puede elegir el municipio Zona Bananera, Magdalena. El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de sus atribuciones legales, especialmente de la que le confieren los artículos 26, numeral 19, del Código Electoral y el parágrafo del artículo 22 de la Ley 136 de 1994, y CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza número 011 del 9 de agosto de 1999, se creó el municipio de Zona Bananera en el departamento del Magdalena; Que mediante Decreto número 608 del 6 de diciembre de 1999, el Gobernador del Magdalena, convocó a elecciones de Alcalde y Concejo para el 5 de marzo del 2000 en el referido municipio; Que el artículo 22 de la Ley 136 de 1994 establece que: "Los concejos municipales se compondrán del siguiente número de concejales: Los municipios cuya población no exceda de cinco mil (5.000) habitantes, elegirán siete (7), los que tengan de cinco mil uno (5.001) a diez mil (10.000) elegirán nueve (9); los que tengan de diez mil uno (10.001) hasta veinte mil (20.000), elegirán once (11) ..."; Que el artículo 2° de la Ley 15 de 1988 dispone que, si el municipio es de creación posterior a la fecha de elaboración de las cifras indicadas por el DANE, se tomará en cuenta la población acreditada para la expedición de la ordenanza que creó el respectivo municipio; Que para la creación del municipio de Zona Bananera, Magdalena, se acreditó una población de 16.460 habitantes, certificado por el Coordinador Banco de Datos del DANE...

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