Resolución 41-000-054 - 27 de Diciembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43145749

Resolución 41-000-054

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín44272

DIARIO OFICIAL 44.272 RESOLUCIÓN 41-000-054 14/12/2000 por la cual se ordena la renovación de la inscripción en el catastro de todos los predios de la zona urbana y rural del municipio de Yaguará y se determina su vigencia. El Director del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Seccional Huila, en uso de sus facultades que le confiere la Resolución número 2555 de 1988 (septiembre 28), de la Dirección General del Igac, y CONSIDERANDO: Que por Resolución número 41-000-033 (julio 25/2000), emanada de este despacho, se ordenó la actualización catastral de las zonas urbana y rural del municipio de Yaguará; Que por Resolución número 41-000-046 de octubre 23 de 2000, este despacho aprobó el estudio de las zonas homogéneas geoeconómicas, el valor de los tipos de edificaciones, se ordenó la liquidación de los avalúos y la elaboración de listas de propietarios o poseedores de las zonas urbana y rural del municipio de Yaguará; Que surtidas todas las etapas de actualización del catastro antes mencionado, previo cumplimiento de las normas técnicas y procedimientos legales, de conformidad con la Resolución número 2555 de 1988 (septiembre 28), de la Dirección General del Igac, es procedente ordenar la renovación de la inscripción en el catastro del municipio de Yaguará, zonas urbana y rural, de los predios que han sido actualizados y determinar la vigencia de los avalúos resultantes; Que en mérito a lo expuesto anteriormente y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley 14 de 1983 y el artículo 91 de la Resolución 2555 de 1988 del Igac, los avalúos catastrales establecidos conforme a los artículos 4, 5, 6 y 7 de la Ley 14 de 1983, entrarán en vigencia el 1° de enero del año siguiente en que fueron efectuados, RESUELVE: Artículo 1°. Ordenar la renovación de la inscripción en el catastro de todos los predios urbanos y rurales del municipio de Yaguará, actualizados de conformidad con los trámites señalados en la parte motiva de la presente providencia. Artículo 2°. Declarar vigentes los avalúos resultantes de la actualización del catastro del municipio de Yaguará, zonas urbana y rural, a partir del primero de enero del año dos mil (2000). Artículo 3°. De conformidad con lo establecido en el artículo 119 de la Ley 489 de diciembre 29 de 1998, publíquese en el Diario Oficial. Publíquese y cúmplase. Dada en Neiva, a catorce (14) de diciembre del dos mil (2000). El Director Seccional, Aldemar Rojas Bustos. Imprenta Nacional de Colombia...

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