Resolución 627, por la cual se regula el procedimiento para la designación de los jefes de la Unidad u Oficina de Coordinación de Control Interno o de quien haga sus veces de los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional - 19 de Noviembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43184528

Resolución 627, por la cual se regula el procedimiento para la designación de los jefes de la Unidad u Oficina de Coordinación de Control Interno o de quien haga sus veces de los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín45003

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el Decreto 1677 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Orden Presidencial número 14 de fecha 6 de noviembre de 2002 el nombramiento de los Jefes de la Unidad u Oficina de Coordinación de Control Interno o de quien haga sus veces se efectuará previa demostración de la idoneidad y de los méritos de los aspirantes;

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública fijará los parámetros, métodos y mecanismos que deberán obser varse para la provisión de los mencionados empleos,

RESUELVE:

Artículo 1° Para la provisión de los Jefes de la Unidad u Oficina de Coordinación de Control Interno o de quien haga sus veces, en los organismos o entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional se tendrán en cuenta las siguientes etapas, que se desarrollarán bajo los criterios de objetividad, transparencia, imparcialidad, igualdad y publicidad:
  1. El Jefe del organismo o entidad donde se presente la necesidad de provisión del empleo, informará de esta situación a la Dirección de Políticas de Control Interno Estatal y Racionalización de Trámites del Departamento Administrativo de la Función Pública...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR