Resolución 677, por medio de la cual se ordena la renovación de la inscripción en el catastro de los predios actualizados en los municipios de Ayapel, Buenavista, Canalete, Chinú, Ciénaga de Oro, Los Córdobas, Moñitos, Puerto Escondido, Puerto Libertador, Purísima, Sahagún, San Andrés de Sotavento, San Bernardo del Viento y San Carlos, zona urbana, departamento de Córdoba - 25 de Febrero de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43246938

Resolución 677, por medio de la cual se ordena la renovación de la inscripción en el catastro de los predios actualizados en los municipios de Ayapel, Buenavista, Canalete, Chinú, Ciénaga de Oro, Los Córdobas, Moñitos, Puerto Escondido, Puerto Libertador, Purísima, Sahagún, San Andrés de Sotavento, San Bernardo del Viento y San Carlos, zona urbana, departamento de Córdoba

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín46553

El Jefe de la Oficina de Enlace Territorial número 5 del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural ¿ Incoder, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que se ha dado el trámite legal correspondiente a la solicitud de adjudicación de terrenos baldíos hecha por Jorge Eduardo Franco Páez y Karly Milena Camacho Trujillo, se han acreditado a través de él todos los requisitos y condiciones indispensables para la expedición del título de dominio,

RESUELVE:

Artículo 1º

Adjudicar definitivamente a Jorge Eduardo Franco y Karly Milena Camacho Trujillo, identificados con las cédulas de ciudadanía números 7555451 y 40774949 expedidas en Armenia y Florencia, el terreno baldío denominado El Jardín, Inspección de Policía de ¿, municipio de San Vicente del Caguán, departamento del Caquetá, cuya extensión ha sido calculada aproximadamente en 113-7376 ha, individualizado por los siguientes linderos:

Norte: Edna Margarita Camacho Trujillo.

Sur: Barrera natural.

Oriente: Diosdado Tabares Sánchez.

Occidente: Enrique Sepúlveda.

Artículo 10 Contra esta providencia procede por la vía gubernativa el recurso de reposición dentro de los cinco (5) días siguientes, contados a partir de la notificación personal o desde la desfijación del edicto, según el caso

Asimismo...

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