Resolución conjunta número 005897 de 2018, por la cual se determina la permanencia del reglamento técnico que regula los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas (LMR) en alimentos para consumo humano y en piensos o forrajes - 15 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 766793885

Resolución conjunta número 005897 de 2018, por la cual se determina la permanencia del reglamento técnico que regula los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas (LMR) en alimentos para consumo humano y en piensos o forrajes

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural Ministerio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50868

La Viceministra de Asuntos Agropecuarios, encargada de las Funciones del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, y el Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las contenidas en los artículos 259 y 299 de la Ley 9 de 1979, y 2º del Decreto-ley 4107 de 2011, el Decreto número 1985 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 1595 de 2015 dictó normas relativas al Subsistema Nacional de Calidad y modificó el Capítulo 7 y la Sección 1 del Capítulo 8 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1074 de 2015, Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

Que el Capítulo 7 íbídem, reorganiza el Subsistema Nacional de Calidad (SNCA) en materia de normalización, reglamentación técnica, acreditación, evaluación de la conformidad, metrología y vigilancia y control, previendo, al tenor del artículo 2.2.1.7.6.7 del Decreto número 1074 de 2015, la revisión de los reglamentos técnicos expedidos que deberán ser sometidos a revisión por parte de la entidad reguladora, con el fin de determinar su permanencia, modificación o derogatoria, por lo menos, una vez cada cinco (5) años, o antes, si cambian las causas que le dieron origen.

Que el entonces Ministerio de la Protección Social, hoy de Salud y Protección Social y el Ministerio de Agricultura, expidieron la Resolución 2906 de 2007, relacionada con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas (LMR) en alimentos para consumo humano y en piensos o forrajes, acto notificado ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) con signatura G/TBT/N/COL/101 del 27 de septiembre de 2007.

Que este reglamento técnico regula los requisitos de los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas (LMR) en alimentos para consumo humano y en piensos o forrajes para la importación y comercialización en todo el territorio nacional de los citados productos, que son exigibles a los productores, importadores y comercializadores con el objeto de prevenir o minimizar los riesgos para la salud de los usuarios que puedan originarse por los residuos de plaguicidas en alimentos para consumo humano y en piensos y forrajes y a la prevención de prácticas que puedan inducir a error a los...

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