Resolución Ejecutiva 02 - 13 de Enero de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43218186

Resolución Ejecutiva 02

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín45790

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 509 de la Ley 600 de 2000, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1991 del 7 de noviembre de 2003, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Juan Carlos Montoya Sánchez, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos y lavado de dinero.

  2. Que el Fiscal General de la Nación mediante resolución del 29 de diciembre de 2003 decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Juan Carlos Montoya Sánchez, identificado con la cédula de ciudadanía número 16357049, la cual se hizo efectiva el 29 de diciembre de 2003 por miembros de la Policía Nacional.

  3. Que la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país, mediante Nota Verbal número 477 del 26 de febrero de 2004, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Juan Carlos Montoya Sánchez.

    En la mencionada Nota informa:

    "La Embajada tiene el honor de informar al Ministerio que entre la fecha de la nota diplomática anteriormente mencionada número 1991, mediante la cual solicitó la detención provisional del señor Montoya-Sánchez para propósitos de extradición, y la fecha de esta nota, la segunda Resolución de Acusación Sustitutiva número 99-804-CR-ALTONAGA (s)(s) fue sustituida nuevamente. De conformidad, Juan Carlos Montoya-Sánchez es requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos y lavado de dinero. Es ahora el sujeto de la tercera Resolución de Acusación Sustitutiva número 99-804- CR- ALTONAGA (s)(s)(s), dictada el 8 de enero de 2004,en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, mediante la cual se le acusa de:

    -- Cargo Uno. Concierto para importar a los Estados Unidos desde un lugar fuera de los Estados Unidos, una sustancia controlada de la Lista ll, a saber, cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad perceptible de cocaína, en violación del Título 21, Secciones 952 (a), 963, y 960 (b)(1)(B) del Código de los Estados Unidos;

    -- Cargo Dos. Concierto para poseer con la intención de distribuir una sustancia controlada de la Lista II, a saber; cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad perceptible de cocaína, en violación del Título 21, Secciones 841 (a) (1), 846, y 841 (b) (1) (A) del Código de los Estados Unidos;

    -- Cargo Tres. Concierto para cometer delitos de lavado de dinero, en violación del Título 18, Sección 1956 (a) (1) (B) (i) y 1956 (h) del Código de los Estados Unidos, y

    -- Cargos Cuatro a Ocho. Lavado de dinero, y ayuda y facilitamiento de ese delito, en violación del Título 18, Secciones 1956 (a) (1) (B) {i) y 2 del Código de los Estados Unidos.

    (¿).

    Un nuevo auto de detención contra el señor Montoya-Sánchez por estos cargos fue dictado el 8 de enero de 2004, por la Corte anteriormente mencionada. Dicho auto de detención perman ece válido y ejecutable.

    (...).

    Aun cuando el concierto para delinquir se inició en 1985, cada uno de los cargos se encuentra independientemente sustentado por acciones adelantadas por el acusado con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 514 de la Ley 600 de 2000, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Oficina Jurídica, mediante Oficio OAJ.E. número 0229 del 26 de febrero de 2004, conceptuó:

    "... que por no existir convenio aplicable al caso es procedente obrar de conformidad con las normas pertinentes del Código de Procedimiento Penal colombiano".

  5. Que el Ministerio del Interior y de Justicia, mediante Oficio número 02628 del 3 de marzo de 2004, remitió a la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia la documentación traducida y autenticada, con la cual la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Juan Carlos Montoya Sánchez, para que fuera emitido el concepto a que hace referencia el artículo 517 del Código de Procedimiento Penal.

  6. Que la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia, mediante providencia del 1° de diciembre de 2004, conceptuó favorablemente a la extradición del ciudadano Juan Carlos Montoya Sánchez, al encontrar acreditados todos los requisitos que exigen las normas aplicables al caso.

    Al respecto, manifestó:

    "Cuestión final

    Así las cosas, la Sala es del criterio que el Gobierno colombiano puede extraditar al ciudadano colombiano Juan Carlos Montoya Sánchez, por razón de todos los ocho (8) cargos a que se contrae la solicitud, esto es, `Concierto para importar a los Estados Unidos cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad perceptible de cocaína¿, Concierto para poseer con la intención de distribuir desde un lugar fuera de los Estados Unidos cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad perceptible de cocaína¿, Concierto para cometer delitos de lavado de dinero¿ y `Lavado de dinero y ayuda y facilitamiento de ese delito¿, contenidos en la tercera acusación sustitutiva número 99-804- CRALTONAGA, dictada el 8 de enero de 2004,por el Gran Jurado ante la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Meridional de la Florida, pues como viene se demostrarse, se satisfacen los requisitos establecidos por la ley procesal Colombiana.

    Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, emite concepto favorable a la solicitud de extradición del ciudadano colombiano Juan Carlos Montoya Sánchez, formulada por vía...

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