Resolución Ejecutiva 124 - 4 de Agosto de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43195498

Resolución Ejecutiva 124

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín45269

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial de las previstas en el inciso segundo del numeral 2 del artículo 117 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 23 de la Ley 510 de 1999,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 1200 del 20 de noviembre de 1997, la Superintendencia Bancaria ordenó la toma de posesión para la liquidación de los bienes, haberes y negocios de la Financiera Arfín S. A. C.F.C., identificada con el NIT 860.077.499-2 y cuyo domicilio principal es la ciudad de Bogotá, D. C., (Cundinamarca);

Que el inciso segundo del numeral 2 del artículo 117 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 23 de la Ley 510 establece:

"Cuando se disponga la liquidación, la misma no podrá prolongarse por más de cuatro (4) años desde su inicio. Lo anterior sin perjuicio de que el Gobierno lo pueda prorrogar por resolución ejecutiva por un término mayor en razón del tamaño de la entidad y las condiciones de la liquidación";

Que los cuatro años de vigencia a que se refiere el numeral 2 del artículo 23 de la Ley 510 de 1999, vencen para la Financiera Arfín S. A. C.F.C. en Liquidación, el próximo 4 de agosto de los corrientes;

Que en razón al tamaño de la entidad y a las condiciones de la liquidación se hace necesario prorrogar el término del proceso liquidatorio;

Que a junio 30 de 2003 la Financiera Arfín S. A. C.F.C. en Liquidación, posee activos del orden de los $5.339 millones, representados principalmente en inversiones temporales de $41 millones, y $5.227 millones en bienes disponibles para la venta, mientras el pasivo total asciende a $12.693 millones, representados en No Masa $8.616 millones, Masa $2.544 millones;

Que a junio 30 de 2003 la Financiera Arfín S. A. C.F.C. en Liquidación ha efectuado pagos con recursos propios del 75.7% de la no masa;

Que mediante escrito presentado en el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, con el radicado de julio 1° de 2003, la doctora Gladys Janet Mejía Bustos, en su calidad de liquidadora, solicitó la ampliación del término final de la liquidación para continuar adelantando el proceso liquidatorio, sustentando la solicitud en el estado actual de la liquidación, en la situación de sus activos, en el tamaño de la...

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