Resolución Ejecutiva 140 - 1 de Diciembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43167949

Resolución Ejecutiva 140

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín44632

DIARIO OFICIAL 44.632 RESOLUCIÓN EJECUTIVA 140 27/11/2001 por la cual se decide sobre una recusación formulada contra el Ministro de Desarrollo Económico ad hoc. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 8º de la Ley 63 de 1923, el artículo 30 del Decreto-ley 01 de 1984, y CONSIDERANDO: Que el 14 de noviembre de 2001, en escrito dirigido al Presidente de la República, la doctora María Victoria Vargas Silva, Presidenta del Concejo de Bogotá, recusa al doctor Francisco José Lloreda Mera, Ministro de Desarrollo Económico ad hoc, para resolver el recurso de reposición interpuesto por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P. contra la Resolución de la CRA número 161 de 2001; Que de conformidad con el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo y el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, se dio traslado de la comunicación de la doctora Vargas al Ministro de Desarrollo Económico ad hoc, doctor Francisco José Lloreda Mera, quien debía conocer de la recusación en primera instancia, por ser el funcionario que tiene el conocimiento del asunto sobre el cual se pretende recusarlo; Que mediante Oficio del 16 de noviembre de 2001, el Ministro de Desarrollo Económico ad hoc, doctor Francisco José Lloreda Mera, dio respuesta a la recusación planteada en su contra, rechazándola por infundada y, como consecuencia de ello, remitió la solicitud y el expediente para que se resolviera la recusación presentada; Que de conformidad con el artículo 8º de la Ley 63 de 1923, corresponde al Consejo de Ministros, verdad sabida y buena fe guardada, decidir sobre la causal de impedimento o recusación alegada contra un Ministro del Despacho; Que para decidir se considera Que en el escrito de la recusación presentado, la doctora María Victoria Vargas Silva, Presidenta del Concejo de Bogotá, fundamenta su solicitud en que hasta la fecha se han hecho 5 sesiones de la CRA, presididas por el Ministro Lloreda y no se ha pronunciado de fondo y que se cursó invitación a la Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá para participar en la sesión de la CRA realizada el 7 de noviembre de 2001, hechos éstos que, según aduce la recusante, ¿han puesto en peligro la imparcialidad y la objetividad que necesariamente deben seguirse en la actuación administrativa adelantada por la...

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