Resolución Ejecutiva 143 - 1 de Diciembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43167952

Resolución Ejecutiva 143

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín44632

DIARIO OFICIAL 44.632 RESOLUCIÓN EJECUTIVA 143 28/11/2001 por la cual se decide sobre una solicitud de extradición. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 509 del Código de Procedimiento Penal, y CONSIDERANDO: 1. Que mediante Nota Verbal número 1133 del 17 de marzo de 2000, el Gobierno de Italia, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano italiano Carlo Dorigo, contra quien se encuentra pendiente la orden de captura número 1256 de 1995 R.GNR y 1393 de 1995 R.GIP, emitida el 20.7.1996 por el Juez para las Investigaciones Preliminares del Tribunal de Lucca (Italia), por concurso en tráfico de sustancias estupefacientes y un decreto de llamamiento a juicio emitido por la misma autoridad judicial. 2. Que el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 31 de marzo de 2000, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano extranjero Carlo Dorigo, la cual le fue notificada el 3 de abril de 2000, en las instalaciones de la Cárcel Nacional Modelo de Bogotá. 3. Que la Embajada de Italia en nuestro país, mediante Nota Verbal número 2251 del 31 de mayo de 2000, formalizó la solicitud de extradición del señor Carlo Dorigo. En la mencionada Nota informa: ¿Contra el mencionado ciudadano italiano está pendiente una orden de captura número 1256 de 1995 R.GNR y 1393 de 1995, emitida el 20.7.1996 por el Juez para las Investigaciones Preliminares del Tribunal de Lucca (Italia), por concurso en tráfico de sustancias estupefacientes. En fecha 26.5.1998, el Juez de las Audiencias Preliminares del mismo Tribunal emitió decreto de llamamiento a juicio, correspondiente en Colombia a la resolución de acusación¿. 4. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 552 del anterior Código de Procedimiento Penal (hoy artículo 514), el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Oficina Jurídica, mediante oficio OJ.E. 14325 del 31 de mayo de 2000, conceptuó: ¿... que por no existir Convenio aplicable al caso es procedente obrar de conformidad con las normas pertinentes del Código de Procedimiento Penal colombiano.¿ 5. Que el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante Oficio número 003488 del 8 de junio de 2000, remitió a la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia la documentación, debidamente legalizada, con la cual la Embajada de Italia en nuestro país formalizó la solicitud de extradición...

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