Resolución Ejecutiva 88 - 24 de Noviembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43144467

Resolución Ejecutiva 88

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín44237

DIARIO OFICIAL 44.237 RESOLUCIÓN EJECUTIVA 88 21/11/2000 por la cual se decide sobre una petición de indulto. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 50 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y adicionada por la Ley 548 de 1999, y CONSIDERANDO: 1. Que el señor Gilberto Tique Tovar, identificado con la cédula de ciudadanía número 93444510 de Coyaima (Tolima), solicitó al Gobierno Nacional la concesión del beneficio jurídico de indulto, en aplicación de lo dispuesto por la Ley 104 de 1993 ¿prorrogada, modificada y adicionada por la Ley 241 de 1995¿. En la solicitud, el señor Tique Tovar manifiesta su voluntad de reincorporarse a la vida civil en su condición de integrante del Frente XXI de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, FARC. 2. Que las Leyes 104 de 1993 y 241 de 1995 fueron derogadas expresamente por la Ley 418 de 1997, a su vez, prorrogada y adicionada por la Ley 548 del 23 de diciembre de 1999. En consecuencia, las disposiciones legales que regulan la concesión del indulto se encuentran contenidas en el Título III de la Parte General de la Ley 418 de 1997. 3. Que el artículo 50 de la Ley 418 de 1997, faculta al Gobierno Nacional para conceder en cada caso particular, el beneficio de indulto a los nacionales que hubieren sido condenados mediante sentencia ejecutoriada, por hechos constitutivos de los delitos políticos de rebelión, sedición, asonada y conspiración y los conexos con éstos, que individualmente y por decisión voluntaria hubieren abandonado sus actividades como miembros de las organizaciones armadas al margen de la ley a las cuales se les haya reconocido carácter político y, hayan demostrado su voluntad de reincorporarse a la vida civil. 4. Que para el caso en concreto del señor Gilberto Tique Tovar se procederá a examinar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 418 de 1997, así: 4.1 RECONOCIMIENTO POLITICO DE LA ORGANIZACION ARMADA AL MARGEN DE LA LEY ¿VOLUNTAD DE REINCORPORARSE A LA VIDA CIVIL¿ DESMOVILIZACION Y DEJACION DE LAS ARMAS. El Gobierno Nacional mediante la Resolución número 85 del 14 de octubre de 1998, reconoció carácter político a la organización Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, FARC. El Comité Operativo para la Dejación de las Armas, mediante Certificación número 147 para Beneficios Jurídicos, del 30 de junio de 1998, reconoce al señor Gilberto Tique Tovar, identificado con la cédula de ciudadanía número...

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