Resolución ejecutiva ni mero 100 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 21 de Mayo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 726120369

Resolución ejecutiva ni mero 100 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50600

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 509 de la Ley 600 de 2000, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 2457 del 27 de diciembre de 2016, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Reinaldo Ramón Pimienta Hernández, requerido para comparecer a juicio por delitos de agresión y violencia física con tentativa de homicidio.

  2. Que en atención a dicha solicitud, la Fiscal General de la Nación, mediante resolución del 19 de enero de 2017, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Reinaldo Ramón Pimienta Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía número 12559876, la cual se hizo efectiva el 24 de octubre de 2017, por funcionarios de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 2090 del 22 de diciembre de 2017, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Reinaldo Ramón Pimienta Hernández.

    En dicha Nota se informa que este ciudadano es el sujeto de la Acusación número 2014-GS-23-003268 A y 3268B), dictada el 22 de abril de 2014 en una Corte Estatal de los Estados Unidos (la Corte de Sesiones Generales para el Condado de Greenville, Carolina del Sur), mediante la cual se le acusa de delitos de agresión y violencia física con tentativa de homicidio, según se describe a continuación:

    "ACUSACIÓN FORMAL POR ASALTO CON AGRESIÓN FÍSICA CON LA INTENCIÓN DE MATAR Y POSESIÓN DE UN ARMA DURANTE LA COMISIÓN DE UN DELITO VIOLENTO

    En un Tribunal de Sesiones Generales, convocado el 22 ABR 2014, los miembros del Jurado Indagatorio del condado de Greenville presentan en sus juramentos:

    CARGO UNO

    ASALTO CON AGRESIÓN FÍSICA CON LA INTENCIÓN DE MATAR

    Que Reynaldo R. Pimienta, en o alrededor del 11 de mayo de 2000 en el condado de Greenville, a sabiendas, ilícitamente y con malicia premeditada, ya sea expresa o implícita, cometió asalto con agresión física a Olga Lucía Restrepo, en contravención de & 16-03-0620 del Código de Leyes de Carolina del Sur (1976) modificado.

    CARGO DOS

    POSESIÓN DE UN ARMA DURANTE LA COMISIÓN DE UN DELITO

    VIOLENTO

    Que Reynaldo R. Pimienta, en o alrededor del 11 de mayo de 2000 en el condado de Greenville, poseyó o exhibió visiblemente un arma durante la comisión o intento de comisión de un delito violento, es decir: Asalto con Agresión Física con la Intención de Matar, en contravención de &16-23-0490 del Código de Leyes de Carolina del Sur (1976) modificado..."1.

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 2090 del 22 de diciembre de 2017, señala:

    "Un auto de detención contra Reinaldo Ramón Pimienta Hernández por estos cargos fue dictado el 12 de agosto de 2014, por orden de la Corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Reinaldo Ramón Pimienta Hernández, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos...

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