Resolución ejecutiva número 013 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición. - 8 de Febrero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 702491777

Resolución ejecutiva número 013 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición.

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50501

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Notas Verbales números 1913 del 7 de junio, 4275 del 3 de octubre, 5177 del 1º de noviembre, 5749 del 22 diciembre de 2011, 2526 del 19 de abril y 3916 del 6 de junio de 2012, respectivamente, el Gobierno de Italia, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Nelson Ávila Jiménez, requerido para el cumplimiento de la condena, impuesta mediante la Sentencia número 519 de 2013, del 3 de diciembre de 2013, por el Tribunal de Caltagirone, decisión que fue confirmada con la Sentencia número 477 de 2016, del 16 de febrero de 2016, proferida por el Tribunal de Apelación de Catania Tercera Sección Penal, por el delito de asociación a fines de narcotráfico.

  2. Que mediante Notas Verbales números 15028 y 15100 del 7 y 10 de octubre de 2016, respectivamente, el Gobierno de Italia, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional y extradición del ciudadano colombiano Nelson Ávila Jiménez, requerido por el Tribunal de Pescara para el cumplimiento de la sentencia del 1º de marzo de 2001 la cual adquirió firmeza el 25 de noviembre de 2005, por hechos cometidos en abril de 1995 a septiembre de 1997, por el delito de tenencia, tráfico y producción de sustancias estupefacientes en participación.

  3. Que en atención a la solicitud realizada por el Tribunal de Pescara, el Fiscal General de la Nación, mediante resolución del 17 de octubre de 2016, decretó la libertad del ciudadano colombiano Nelson Ávila Jiménez, identificado con cédula de ciudadanía número 19454602, quien había sido detenido el 4 de octubre de 2016, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol, teniendo en cuenta que para ese momento no reunía los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico interno1.

  4. Que mediante Notas Verbales números 15264 del 14 de octubre y 16067, 16674 del 3 y 18 de noviembre de 2016, respectivamente, la Embajada del Gobierno de Italia en nuestro país, solicitó la detención preventiva y extradición del ciudadano Nelson Ávila Jiménez, requerido por el Tribunal de Apelación de Catania, allegando la documentación traducida y legalizada.

  5. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Nelson Ávila Jiménez, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI número 2789 del 22 de noviembre de 2016, señaló que:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a los instrumentos internacionales vigentes entre la República de Colombia y la República Italiana.

    En consecuencia, es preciso señalar que, se encuentra vigente para las Partes, la 'Convención de Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas', suscrita en Viena el 20 de diciembre de 19882. En ese sentido, el artículo 6º, numerales 4 y 5 del precitado tratado disponen lo siguiente:

    ' 1) "En la fecha vence el término de cinco (5) días previstos en el Decreto número 3860 de 2011, 2) Que la presente solicitud no reúne los requisitos formales exigidos por el artículo 35 de la Constitución Política de Colombia y por el artículo 509 de la Ley 906 de 2004 para...

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