Resolución ejecutiva número 016 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 13 de Febrero de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 840331129

Resolución ejecutiva número 016 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51226

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0601 del 10 de mayo de 2019, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Dimas Francisco Hernández Araujo, requerido para comparecer a juicio por delitos de tráfico de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación (e), mediante Resolución del 17 de mayo de 2019, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Dimas Francisco Hernández Araujo, identificado con la cédula de ciudadanía número 8717006, decisión que le fue notificada por miembros de la Policía Nacional, el 22 de mayo de 2019, en las instalaciones de la Seccional de Tránsito y Transporte de La Guajira, donde se encontraba previamente detenido.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1014 del 19 de julio de 2019, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Dimas Francisco Hernández Araujo.

    En la segunda acusación sustitutiva número 4:18CR144 (también enunciada como Caso número 4:18-cr-00144-ALM-KPJ y Caso 4:18-cr-00144-ALM-KPJ), dictada el 6 de febrero de 2019, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas, División de Sherman, se le imputan los siguientes cargos:

    "SEGUNDA ACUSACIÓN DE REEMPLAZO

    EL GRAN JURADO DE LOS ESTADOS UNIDOS EMITE LA SIGUIENTE ACUSACIÓN:

    Cargo Uno

    Violación: S. 963, T.21, C EE UU (Concierto para importar cocaína y para elaborar y distribuir cocaína con la intención y el conocimiento de que sería importada ilegalmente a los Estados Unidos).

    Que en algún momento en enero de 2015, o alrededor de esa fecha, y continuamente después de esa fecha hasta incluso el 5 de septiembre de 2018, en la República de Colombia, la República Mexicana, el Distrito Este de Texas y otros lugares,

    (...)

    Dimas Francisco Hernández Araujo alias "Franco" (...)

    los acusados, con conocimiento e intencionalmente se combinaron, conspiraron y acordaron con otras personas, conocidas y desconocidas por el Gran Jurado de los Estados Unidos, para cometer los delitos siguientes en contra de los Estados Unidos: (1) para con conocimiento e intencionalmente importar cinco kilogramos o más de una mezcla o sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de categoría II, a los Estados Unidos desde las Repúblicas de Colombia y México en contravención de las Secciones 952 y 960 del Título 21 del Código de los Estados Unidos, y (2) para con conocimiento e intencionalmente elaborar y distribuir cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de categoría II, con la intención y el conocimiento de que dicha sustancia se importaría ilegalmente a los Estados Unidos, en contravención de las Secciones 952 y 960 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    En contravención de la Sección 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Cargo Dos

    Violación: S. 959, T.21, C EE UU y S. 2, T.18, C EE UU (Elaboracióny distribución de cocaína con la intención y el conocimiento de que la cocaína sería importada ilegalmente a los Estados Unidos).

    Que en algún momento en enero de 2015, o alrededor de esa fecha, y continuamente después de esa fecha hasta incluso el 5 de septiembre de 2018, en el Distrito Este de Texas y otros lugares,

    (...)

    Dimas Francisco Hernández Araujo, alias "Franco" (...)

    los acusados, con conocimiento e intencionalmente elaboraron y distribuyeron cinco kilogramos o más de una mezcla o sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de Categoría II, con la intención y el conocimiento de que dicha cocaína sería importada ilegalmente a los Estados Unidos.

    En contravención de la Sección 959 del Título 21 y la Sección 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos..."1.

    1 Folios 225 y siguientes del Cuaderno del Ministerio de Justicia y del Derecho.

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 1014 del 19 de julio de 2019, señaló:

    "El 6 de febrero de 2019, con base en los cargos descritos en la segunda acusación sustitutiva, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas emitió un auto de detención para la captura de Dimas Francisco Hernandez (sic)Araujo".

    (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Dimas Francisco Hernández Araujo, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 1822 del 22 de julio de 2019, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y los Estados Unidos de América.

    Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso destacar que se encuentran vigentes para las Partes, las siguientes convenciones multilaterales en materia de cooperación judicial mutua:

    · La 'Convención de Naciones Unidas contra el Tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas', suscrita en Viena el 20 de diciembre de 19882. En ese sentido, el...

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