Resolución ejecutiva número 030 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 25 de Febrero de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 840947176

Resolución ejecutiva número 030 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51238

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1887 del 22 de octubre de 2018, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Jhonatan Alberto Calderón Hoyos, requerido para comparecer a juicio por delitos de tráfico de narcóticos y delitos relacionados con concierto para delinquir.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 23 de octubre de 2018, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Jhonatan Alberto Calderón Hoyos, identificado con la cédula de ciudadanía número 8359271, la cual se hizo efectiva el 9 de junio de 2019, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1108 del 1º de agosto de 2019, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Jhonatan Alberto Calderón Hoyos.

    En la Acusación número 4:18CR95 (también enunciada como Caso 4:18-cr-00095-ALM-KPJ y Caso número 4:18-cr-00095-ALM-KPJ), dictada el 13 de junio de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas, se le imputan al ciudadano requerido los siguientes cargos:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    EL GRAN JURADO DE LOS ESTADOS UNIDOS ACUSA:

    "Cargo Uno

    Violación: S. 963, T. 21 C. EE.UU. (Concierto para elaborar y distribuir cocaína con la intención, el conocimiento y con causa razonable para creer que la cocaína sería importada ilegalmente a los Estados Unidos) Que en algún momento del 2008, o alrededor de esa fecha, y continuamente después de eso hasta incluso la fecha de esta Acusación Formal, en las Repúblicas de Colombia, Ecuador, Panamá, Costa Rica, Guatemala, México y (... ) Jhonatan Alberto Calderón Hoyos, los acusados, con conocimiento e intencionalmente se combinaron, conspiraron y acordaron con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado de los Estados Unidos, para con conocimiento e intencionalmente elaborar y distribuir cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de la categoría II, con la intención, el conocimiento y teniendo causa razonable para creer que dicha sustancia se importaría ilegalmente a los Estados Unidos, en contravención de las Secciones 959(a) y 960, del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    En contravención de la Sección 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Cargo Dos

    Violación: S 959, T. 21, C EE.UU y S. 2, T. 18, C EE.UU: (Elaboración y distribución de cinco kilogramos o más de cocaína con la intención, el conocimiento y con causa razonable para creer que la cocaína se importaría ilegalmente a los Estados Unidos).

    Que en algún momento del 2008, o alrededor de esa fecha, y continuamente después de eso hasta incluso la fecha de esta Acusación Formal, en las Repúblicas de Colombia, Ecuador, Panamá, Costa Rica, Guatemala, México y otros lugares, (...) y Jhonatan Alberto Calderón Hoyos, los acusados, ayudados e instigados por ellos mismos, con conocimiento e intencionalmente elaboraron y distribuyeron cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de Categoría II, con la intención, el conocimiento y con causa razonable para creer que dicha cocaína sería importada ilegalmente a los Estados Unidos.

    En contravención de la Sección 959 del Título 21 y la Sección 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos..."1.

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 1108 del 1º de agosto de 2019, señaló:

    "El 13 de junio de 2018, con base en los cargos descritos en la acusación, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas emitió un auto de detención para la captura de Jhonatan Alberto Calderon (sic)Hoyos. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (... ) Todas las acciones adelantadas por este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de...

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