Resolución ejecutiva número 031 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 20 de Marzo de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 773848637

Resolución ejecutiva número 031 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50901

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

1. Que mediante Nota Verbal número 0761 del 17 de mayo de 2018, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Jesús Ar-noldo Correa Londoño, requerido para comparecer a juicio por un delito de tráfico de narcóticos.

2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 25 de mayo de 2018, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Jesús Arnoldo Correa Londoño, identificado con la cédula de ciudadanía número 18592780, la cual se hizo efectiva el 13 de agosto de 2018 por funcionarios de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

3. Que mediante Nota Verbal número 1760 del 5 de octubre de 2018, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Jesús Arnoldo Correa Londoño.

La Misión Diplomática informó que dicho ciudadano, es el sujeto de la acusación número 1:18-cr-00062, dictada el 13 de marzo de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia.

En la mencionada acusación se le imputa el siguiente cargo:

"ACUSACIÓN FORMAL El Jurado Indagatorio alega que: EL CARGO UNO Comenzando a partir de aproximadamente principios de 2011, y de manera permanente hasta 2015, inclusive, las fechas exactas siendo desconocidas al Jurado Indagatorio, en los países de México, Guatemala, Honduras, los Estados Unidos, y otros, el Acusado, Jesús Arnoldo Correo (sic) Londoño, alias "Paisano", y otros tanto conocidos como desconocidos al Jurado Indagatorio, consciente, intencionada, y deliberadamente se unió, conspiró, se asoció y acordó: (1) distribuir quinientos (sic) (5) kilogramos o más de una mezcla o sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de la Categoría II, pretendiendo y sabiendo que dichas sustancias fueren introducidas ilícitamente en Estados Unidos desde un lugar en el exterior, en violación de la Sección 959(a) del Título 21 del Código de Estados Unidos; todo en violación de la Sección 963 del Título 21 del Código de Estados Unidos, y la Sección 2 del Título 18 del Código de Estados Unidos.

En cuanto al Acusado, la sustancia controlada implicada en el concierto para delinquir que se le atribuye al Acusado como resultado de su propia conducta, y la conducta de otros cómplices que le fuese razonablemente previsible, es cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contiene una cantidad detectable de cocaína, en violación de la Sección 960(b)(1)(B)(ii) del Título 21 del Código de Estados Unidos.

(Concierto para delinquir con fines de distribuir 5 kilogramos o más de cocaína, pretendiendo y sabiendo que dichas sustancias fueren introducidas en Estados Unidos, en violación a las Secciones 959(a) y 963 del Título 21 del Código de Estados Unidos, y ayudar e incitar en violación de la Sección 2 del Título 18 del Código de Estados Unidos.)..."1.

Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 1760 del 5 de octubre de 2018, señala:

"Con base en el cargo descrito en la acusación, el 13 de marzo de 2018, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia emitió un auto de detención

1 Folios 100 y 101 del Cuaderno del Ministerio de Justicia y del Derecho.

para la captura de Jesús Amoldo Correa Londoño. Dicho auto de detención permanece válido y...

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