Resolución ejecutiva número 037 de 2021, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 238 del 14 de diciembre de 2020 - 2 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 862006269

Resolución ejecutiva número 037 de 2021, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 238 del 14 de diciembre de 2020

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51604

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, conforme a lo previsto en los artículos 74 y 80 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolución Ejecutiva número 238 del 14 de diciembre de 2020, el Gobierno- nacional concedió la extradición del ciudadano colombiano Luis Fernando Lora Fontalvo, identificado con la cédula de ciudadanía número 8834251, para que comparezca a juicio ante las autoridades de los Estados Unidos de América por el Cargo Dos (Concierto para distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, con la intención, el conocimiento y teniendo causa razonable para creer que dicha sustancia controlada sería ilegalmente importada a los Estados Unidos) imputado en la Acusación número 18-20657-CR- GAYLES/OTAZO-REYES, emitida el 2 de agosto de 2018 y dictada el 3 de agosto de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida.

    En la misma decisión, el Gobierno nacional, en uso de la facultad que le otorga el artículo 504 de la - Ley 906 de 2004 resolvió no diferir la entrega del ciudadano colombiano Luis Fernando Lora Fontalvo por cuenta de la condena impuesta por el Juzgado Único Penal del Circuito Especializado de San Andrés Isla dentro del Radicado número 88001-6000-0002019-00012, por los delitos de concierto para delinquir agravado, en concurso heterogéneo con homicidio agravado y tentativa de homicidio agravado.

  2. Que la Resolución Ejecutiva número 238 del 14 de diciembre de 2020 fue notificada por medio electrónico, el 21 de diciembre de 2020, al abogado defensor del ciudadano requerido, mediante oficio MJD-OFI20-0042167-DAI-1100 del 20 de diciembre de 20201.

    El ciudadano colombiano Luis Fernando Lora Fontalvo fue notificado personalmente del contenido de la Resolución Ejecutiva número 238 del 14 de diciembre de 2020, el 28 de diciembre de 2020, en el establecimiento carcelario donde se encuentra recluido, según consta en el acta de notificación.

    Tanto al ciudadano requerido como a su apoderado se les informó que contra la decisión del Gobierno nacional procedía el recurso de reposición, indicándoles que la oportunidad para hacerlo era dentro de los diez (10) días siguientes a la diligencia de notificación.

    1 Oficio entregado al abogado defensor, por correo electrónico certificado 472, el 21 de diciembre de 2020.

  3. Que estando dentro del término legal, el defensor del ciudadano Luis Fernando Lora Fontalvo, mediante correo electrónico del 4 de enero de 2021 envió al Ministerio de Justicia y del Derecho, escrito mediante el cual interpone recurso de reposición contra la Resolución Ejecutiva número 238 del 14 de diciembre de 2020.

  4. Que el mencionado recurso está fundamentado en los siguientes argumentos:

    Manifiesta el defensor que- en este caso existe prohibición para la extradición por aplicación de los derechos de las víctimas. Agrega el recurrente que hacer justicia en un caso concreto incorpora una serie de garantías para las víctimas de los delitos que se derivan de unos correlativos deberes para las autoridades, mencionando (i) el deber del Estado de investigar y sancionar adecuadamente a los autores- y partícipes de los delitos; (ii) el derecho de las víctimas a un recurso judicial efectivo; y (iii) el deber de respetar en todos los juicios las reglas del debido proceso.

    Advierte que el proceso adelantado por la Fiscalía Segunda Especializada de San Andrés Isla, bajo el radicado _ número 880016001209201800095 que se tramitó ante el Juzgado Único Penal del Circuito Especializado de San Andrés Isla, en contra del señor Luis Fernando Lora Fontalvo se inició con antelación al pedido de extradición presentado por el Gobierno de los Estados Unidos, razón por la cual se debe continuar con los trámites en la jurisdicción nacional hasta la culminación de la pena, la cual se pactó, en el preacuerdo celebrado entre el ciudadano requerido y la Fiscalía General de la Nación, en 233 meses de prisión.

    Considera que el Ministerio de Justicia y del Derecho debe tener en cuenta lo anterior como fundamento para diferir la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR