Resolución ejecutiva número 038 de 2020, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 241 del 4 de diciembre de 2019 - 27 de Febrero de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 840948145

Resolución ejecutiva número 038 de 2020, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 241 del 4 de diciembre de 2019

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51240

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, conforme a lo previsto en los artículos 74 y 80 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolución Ejecutiva número 241 del 4 de diciembre de 2019, el Gobierno nacional concedió la extradición del ciudadano colombiano Gilberto Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía número 71988463, para que comparezca a juicio ante las autoridades de los Estados Unidos de América por los siguientes cargos: Uno (Concierto para fabricar y distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, con la intención, el conocimiento y causa razonable para creer que la cocaína sería importada ilegalmente a los Estados Unidos); y Dos (Fabricar y distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, con la intención, el conocimiento y causa razonable para creer que la cocaína sería importada ilegalmente a los Estados Unidos, y ayuda y facilitación de dicho delito), imputados en la primera Acusación Sustitutiva número 4:17 CR12 (también enunciada como Caso 4:17 - cr- 00012 - ALM-KPJ y Caso número 4:17-cr-00012-17-ALM), dictada el 9 de agosto de 2017, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas, División de Sherman.

  2. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la Resolución Ejecutiva número 241 del 4 de diciembre de 2019 se notificó personalmente, el 18 de diciembre de 2019, al defensor suplente del señor Gilberto Hernández, situación comunicada al ciudadano requerido mediante oficio MJD-OFI19-0038931-DAI-1100 de la misma fecha.

    Tanto al ciudadano requerido como al apoderado se les informó que contra la decisión del Gobierno nacional procedía el recurso de reposición, indicándoles que la oportunidad para hacerlo era dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de la diligencia de notificación personal.

  3. Que estando dentro del término legal, la defensora principal del ciudadano Gilberto Hernández, mediante escrito radicado el 27 de diciembre de 2019, interpuso recurso de reposición contra la Resolución Ejecutiva número 241 del 4 de diciembre de 2019.

  4. Que el mencionado recurso está fundamentado en los siguientes argumentos:

    Manifiesta la defensora que las pruebas que solicitó ante la Corte Suprema de Justicia con las cuales pretendía que se aclararan los cargos presentados por el Estado requirente y el grado de participación del ciudadano requerido, fueron negadas.

    Precisa que el señor Gilberto Hernández jamás ha traspasado las fronteras para la comisión de ningún delito y puntualmente para el tráfico de estupefacientes, por cuanto el 10 de febrero de 2017 fue secuestrado por el señor Arístides Manuel Mesa Páez (alias el Indio), quien lo mantuvo retenido en contra de su voluntad, en la vereda La Candelaria en una casa campesina, siendo liberado el 3 de abril de 2017. Agrega que el señor Gilberto Hernández procedió a instaurar querella en la Inspección Primera Urbana de Montería y que los policías judiciales de la DIJIN que materializaron la captura con fines de extradición del señor Hernández "eran plenamente conocedores del secuestro de mi representado y ninguna de estas dos autoridades compulsó las respectivas copias para que dicho delito fuera...

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