Resolución ejecutiva número 043 de 2021, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 9 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 862450052

Resolución ejecutiva número 043 de 2021, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51611

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0659 del 21 de mayo de 2019, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Héctor Fabio García Vengohechea, requerido para comparecer a juicio por delitos de tráfico de narcóticos.

  2. Que, en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación (e), mediante Resolución del 4 de junio de 2019, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Héctor Fabio García Vengohechea, identificado con la cédula de ciudadanía número 16481741, la cual se hizo efectiva el 10 de octubre de 2019, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 2015 del 6 de diciembre de 2019, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Héctor Fabio García Vengohechea.

    En dicha Nota se informa que este ciudadano es el sujeto de la acusación número 8:18-cr595-T-17AAS, dictada el 12 de diciembre de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida, según se describe a continuación:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    El Gran Jurado imputa los siguientes cargos: CARGO UNO Desde una fecha desconocida y de manera continuada hasta alrededor de la fecha de esta acusación formal, el acusado, HÉCTOR FABIO GARCÍA VENGOHECHEA, a quien se le llevará primero a los Estados Unidos para que comparezca en algún lugar en el Distrito Medio de Florida, a sabiendas e intencionalmente se combinó, concertó y acordó con otras personas, conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, así como con personas a bordo de una embarcación sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos, y quien entró primero a los Estados Unidos en un lugar en el Distrito Medio de Florida, para distribuir y poseer con la intención de distribuir cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de Categoría II, en contravención de la S. 70503(a)(1), T.46, Cód. de EE. UU.

    Todo lo anterior en contravención de las Secciones 70506(a) y (b) del T. 46, Cód. EE. UU. y la Sección 960(b)(1)(B)(ii), T. 21, Cód de EE. UU.

    CARGO DOS

    Desde una fecha desconocida y de manera continuada hasta alrededor de la fecha de esta acusación formal, el acusado, HÉCTOR FABIO GARCÍA VENGOHECHEA, a quien se le llevará primero a los Estados Unidos para que comparezca en algún lugar en el Distrito Medio de Florida, a sabiendas e intencionalmente se combinó, concertó y acordó con otras personas, conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, para distribuir cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de Categoría II, con el conocimiento, la intención y causa razonable para creer que dicha sustancia se importaría ilegalmente a los Estados Unidos, en contravención de las disposiciones de la S.959, T.21, Cód. de EE. UU.

    Todo lo anterior en contravención de las Secciones 963 y 960(b)(1)(B)(ii), T.21, Cód. EE. UU. y la Sección 3238, T.18, Cód. de EE. UU...".

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 2015 del 6 de diciembre de 2019, señaló:

    "El 13 de diciembre de 2018, con base en los cargos descritos en la acusación, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida emitió un auto de detención para la captura de Héctor Fabio García Vengohechea. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable." (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Héctor Fabio García Vengohechea, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 3230 del 9 de diciembre de 2019, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de...

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