Resolución ejecutiva número 047 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición
Emisor | Ministerio de Justicia y del Derecho |
Número de Boletín | 51255 |
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y
CONSIDERANDO:
-
Que mediante Nota Verbal número 0257 del 21 de febrero de 2019 el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Julio César Muñoz Valdés, requerido para comparecer a juicio por delitos de tráfico de narcóticos.
-
Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante resolución del 27 de febrero de 2019, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Julio César Muñoz Valdés, identificado con la cédula de ciudadanía número 71979851, la cual se hizo efectiva el 2 de abril de 2019, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.
-
Que mediante Nota Verbal número 0752 del 31 de mayo de 2019, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Julio César Muñoz Valdés.
En la Acusación número 8:18-cr-177-T-24JSS, dictada el 10 de abril de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida, se le imputan al ciudadano requerido los siguientes cargos:
"ACUSACIÓN FORMAL
El Gran Jurado expide la siguiente acusación:
CARGO UNO
Desde una fecha desconocida, pero desde por lo menos enero de 2016, y de manera continuada hasta la fecha o alrededor de la fecha de esta acusación formal, los acusados JULIO CÉSAR MUÑOZ-VALDÉS alias "FranciscoMuñoz-Valdez" alias "Ruso"y (...) cada uno de los cuales será traído inicialmente a los Estados Unidos en un punto dentro del Distrito Medio de Florida, voluntariamente, a sabiendas e intencionalmente se unieron, concertaron y entraron en un acuerdo con otras personas, conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, inclusive personas quienes (...) de una embarcación sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos y quienes entraron inicialmente a los Estados Unidos en un lugar dentro del Distrito Medio de Florida, para distribuir y poseer con la intención de distribuir cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de Categoría II, en contra de las disposiciones de la S. 70503 (a)(1) del T.46 del C.EE.UU.
Todo ello en contravención de las S. 70506(a) y (b) del T. 46 del C.EE.UU. y la S.960(b)(1)(B)(ii) del T. 21 del C.EE.UU.
CARGO DOS
Desde una fecha desconocida, pero desde por lo menos enero de 2016, y de manera continuada hasta la fecha o alrededor de la fecha de esta acusación formal, los acusados JULIO CÉSAR MUÑOZ-VALDÉS alias "Francisco Muñoz-Valdez" alias "Ruso" y (...) cada uno de los cuales será traído inicialmente a los Estados Unidos en un punto dentro del Distrito Medio de Florida, voluntariamente, a sabiendas e intencionalmente se unieron, concertaron y entraron en un acuerdo con otras personas, conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, para distribuir y poseer con la intención de distribuir cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de Categoría II, sabiendo, con la intención y teniendo causa razonable para creer que tal sustancia sería importada ilícitamente a los Estados Unidos, en contravención de las disposiciones de las disposiciones de la S. 959 del T. 21 del C. EE.UU.
Todo ello en contravención de las S. 963 y 960 (b)(1)(B)(ii) del T. 21...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba