Resolución ejecutiva número 052 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 23 de Marzo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 706924321

Resolución ejecutiva número 052 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50544

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0258 del 8 de marzo de 2017, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Eudal-do Jaramillo Aguilar, requerido para comparecer a juicio por delitos de tráfico de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante resolución del 4 de agosto de 2017, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Eudaldo Jaramillo Aguilar, identificado con la cédula de ciudadanía número 16487070, la cual se hizo efectiva el 15 de agosto de 2017, por miembros de la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1701 del 11 de octubre de 2017, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Eudaldo Jaramillo Aguilar.

    En la Acusación Sustitutiva número S1 16 Cr. 388 dictada el 28 de agosto de 2017, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, se le imputan los siguientes cargos:

    "CARGO UNO

    (Concierto para importar estupefacientes) El Gran Jurado expide la siguiente acusación: 1. Desde al menos el año 2014 hasta e inclusive el 2016, o alrededor de esas fechas, en el Distrito Sur de Nueva York y en otras partes, en lo que constituyó un delito iniciado y cometido fuera de la jurisdicción territorial de un Estado o distrito específico, Eudaldo Jaramillo-Aguilar, alias "Pinta", alias "Lallo" el acusado, quien primero será llevado al Distrito Sur de Nueva York y donde será detenido, y cuyo punto de ingreso a los Estados Unidos será el Distrito Sur de Nueva York, junto con otras personas conocidas y desconocidas, a sabiendas e intencionalmente se combinaron, concertaron, se aliaron y acordaron entre ellos para contravenir las leyes sobre delitos de narcotráfico de los Estados Unidos.

    2. Fue como parte y objeto del concierto para delinquir que Eudaldo Jaramillo-Aguilar, alias "Pinta", alias "Lallo", el acusado, y otras personas conocidas y desconocidas, tuvieron la intención de importar e importaron una sustancia controlada a los Estados Unidos, y al territorio aduanero de los Estados Unidos desde un lugar fuera de este país, en contravención de las Secciones 952(a) y 960(a)(1) del Título 21 del Código de EE.UU.

    3. Fue como parte y objeto del concierto para delinquir que Eudaldo Jaramillo-Aguilar, alias "Pinta", alias "Lallo", el acusado y otras personas conocidas y desconocidas, tuvieron la intención de fabricar y distribuir, y efectivamente lo hicieron, una sustancia controlada, a sabiendas y con la intención que dicha sustancia fuera importada ilícitamente a los Estados Unidos y a aguas que quedan dentro de una distancia de 12 millas de la costa de los Estados Unidos, desde un lugarfuera de este país, en contravención de las Secciones 959(a) y 960(a)(3) del Título 21 del Código de EE.UU.

    4. La sustancia controlada que Eudaldo Jaramillo-Aguilar, alias "Pinta", alias "Lallo", el acusado, se concertó para (i) importar a los Estados Unidos y al territorio aduanero de los Estados Unidos desde un lugar fuera del mismo, y (ii) fabricar y distribuir, a sabiendas y con la intención que dicha sustancia fuera importada ilícitamente a los Estados Unidos y a aguas que quedan dentro de una distancia de 12 millas de la costa de los Estados Unidos, desde un lugar fuera de este país, fue un kilogramo y más de mezclas y sustancias que contenían una cantidad detectable de heroína, en contravención de la Sección 960(b)(1)(A) del Título 21 del Código de EE.UU. (Secciones 952, 959(c) y 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos; Sección 3238 del Título 18 del Código de los Estados Unidos.)

    CARGO DOS

    (Concierto para distribuir estupefacientes) El Gran Jurado lo acusa además de que: 5. Desde al menos el año 2014 hasta e inclusive el 2016, o alrededor de esa fecha, en el Distrito Sur de Nueva York y en otras partes, Eudaldo Jaramillo-Aguilar, alias "Pinta", alias "Lallo", el acusado, y otras personas conocidas y desconocidas, a sabiendas e intencionalmente, se combinaron, concertaron, se aliaron y acordaron entre ellos para contravenir las leyes sobre delitos de narcotráfico de los Estados...

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