Resolución ejecutiva número 053 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 19 de Marzo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 842487760

Resolución ejecutiva número 053 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51261

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0969 del 22 de junio de 2018, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Roberto Carlos Portela Carvajal, requerido para comparecer a juicio por delitos de tráfico de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 17 de agosto de 2018, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Roberto Carlos Portela Carvajal, identificado con la cédula de ciudadanía número 94449953, la cual se hizo efectiva el 22 de febrero de 2019, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0499 del 22 de abril de 2019, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Roberto Carlos Portela Carvajal.

    En la Acusación número 18 cr 60067-Ungaro/Hunt (también enunciada como Caso 0:18-cr- 60067-UU y Caso número 18 cr 60067-UU), dictada el 15 de marzo de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, se le imputan al ciudadano requerido los siguientes cargos:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    CARGO 1

    Desde alrededor de abril de 2016, aunque el Gran Jurado desconoce las fechas exactas, y de manera continuada hasta la fecha en que se dictó esta acusación, en el país de Colombia y en otros lugares, los acusados, (...)

    Roberto Carlos Pórtela Carvajal y

    (...) a sabiendas e intencionalmente se combinaron, concertaron, confederaron acordaron entre sí y con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, para distribuir una sustancia controlada de Categorías I y II, con la intención, el conocimiento y causa razonable para creer que dicha sustancia controlada se importaría ilegalmente a los Estados Unidos, en contravención de la Sección 959 (a) del Título 21 del Código de los Estados Unidos, todo lo anterior en contravención de la Sección 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Con respecto a los acusados...Roberto Carlos Portela Carvajal y (...), la sustancia controlada de Categoría I involucrada en el concierto que se atribuye a cada uno a causa de sus actos y de los actos de otros colaboradores razonablemente predecibles por cada uno de ellos, es 100 gramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de heroína, en contravención de las Secciones 963 y 960 (b)(2)(A) del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Con respecto a los acusados...Roberto Carlos Portela Carvajal, y (...) la sustancia controlada de Categoría II involucrada en el concierto que se atribuye a cada uno a causa de sus actos y de los actos de otros colaboradores razonablemente predecibles por cada uno de ellos, es cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, en contravención de las Secciones 963 y 960 (b)(1)(B) del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    CARGO 2

    Alrededor del 27 de abril de 2016, en el país de Colombia y en otros lugares, los acusados, (...)

    Roberto Carlos Portela Carvajal y

    (...) a sabiendas e intencionalmente distribuyeron una sustancia controlada de Categoría II, con la intención, el conocimiento y causa razonable para creer que dicha sustancia controlada se importaría ilegalmente a los Estados Unidos, en contravención de la Sección 959(a) del Título 21 del Código de los Estados Unidos y la Sección 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos.

    Con respecto a los acusados (...) y Roberto Carlos Portela Carvajal la sustancia controlada de Categoría II que se atribuye a cada uno a causa de sus actos, es cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, en contravención de las Secciones 959 y 960(b) (1)/B) del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    CARGO 3

    Alrededor del 19 de julio de 2016, en el país de Colombia y en otros lugares, los acusados,

    Roberto Carlos Portela Carvajal y

    (■■■) a sabiendas e intencionalmente distribuyeron una sustancia controlada de Categoría Iy II, con la intención, el conocimiento y causa razonable para creer que dicha sustancia controlada se importaría ilegalmente a los Estados Unidos, en contravención de la Sección 959 (a) del Título 21 del Código de los Estados Unidos y de la Sección 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos.

    Con respecto a los acusados Roberto Carlos Portela Carvajal y (...), la sustancia controlada de Categoría I que se atribuye a cada uno a causa de sus actos, es 100 gramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de heroína, en contravención de las Secciones 959 y 960 (b) (2)(A) del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Con respecto a los acusados Roberto Carlos Portela Carvajal y (...), la sustancia controlada de Categoría II...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR